¿Qué es la Inspección Técnica del Edificio o ITE?
La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Gallegos de Sobrinos es una revisión obligatoria que se ejecuta en Edificios con la meta de proteger la protección y el adecuado cuidado de las construcciones e instalaciones.
¡Descubre todo sobre este método fundamental leyendo este post! Te describimos los beneficios, las partes evaluables y cómo realizar una Inspección debidamente, para que comprendas por qué la Inspección Técnica de Edificios es esencial.
La peritación de la construcción se ejecuta por inspectores capacitados que descubren potenciales irregularidades y concluirán la conveniencia de llevar a cabo ajustes
La valoración del edificio tiene como objetivo inspeccionar amenazas asociados a la seguridad de la construcción, la humedad en las construcciones, el desgaste, aunque no cubre la detección de problemas de aluminosis.
¿Qué diferencia hay entre una ITE y IEE?
La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque se pueda pensar, no es lo mismo. Sin embargo déjame precisarte particularmente.
La función de la ITE es evaluar el mantenimiento del bien inmueble. Y la IEE inspecciona la adaptabilidad así como el uso de la energía.
Desde hace unos cuantos años, la inspección técnica de un edificio se ha vuelto más completa, abarcando la inspección del edificio en sí mismo, sumado a la accesibilidad para personas con discapacidad, así como el consumo energético. De ahí que, actualmente se identifica con el nombre de IEE para contemplar todas estas actividades necesarias.
¿Qué es un Certificado ITE?
El Certificado ITE es un Documento que garantiza la situación de la edificación y su cumplimiento de acuerdo con los estándares de seguridad en la construcción, habitabilidad y confort, y el paisaje urbano.
Este Certificado debe presentarse en ciertas circunstancias cuando un edificio cuenta con un cierto tiempo desde su construcción, y en algunas comunidades o zonas de España es requisito indispensable.
En varias poblaciones de nuestro País el Certificado ITE es necesario presentarlo además mientras que se solicita una Licencia de Obra mayor o mientras que se tramitan Ayudas o Subvenciones para la Renovación del edificio.
Un Certificado ITE contiene características de el Estudio de la Solidez del Inmueble, Sistemas de Prevención de Incendios, Infraestructura Eléctrica y Sanitaria
Este Certificado cumple con la finalidad de un Registro de referencia para la próxima Revisión y conservación de la Estructura.
¿Qué sucede si un propietario no quiere pasar la ITE?
En todas las comunidades hay quienes se niegan a aceptar los requerimientos impuestos, aunque sean establecidos de manera obligada.
El desconocimiento total de cómo funciona una ITE y sugerir que el costo será sustancial, podría ser un motivo para que un vecino no esté conforme a aprobar una inspección técnica de edificios.
El Ayuntamiento impone a pasar la ITE debido a los años del Edificio, de modo que el propietario no debería negarse ya que puede ser penalizado si lo hace.
Ocasionalmente un vecino no quiere pasar la ITE porque su Apartamento no está en las condiciones apropiadas. El Técnico, en tal caso, podría firmar sin inspeccionar esa Residencia o oponerse a la realización del Reporte Oficial.
¿Quién paga la ITE de un edificio?
La Inspección Técnica del Edificio la paga el Titular del Inmueble o la Asociación de Vecinos, en el caso de que sea Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.
El Precio de una Revisión Técnica de Construcción puede variar desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según la Naturaleza de la Edificación o Residencia.
En el escenario de que no quiera asumir la Tasa de la ITE, indispensable por el Gobierno Municipal, los vecinos que la hayan rechazado podrían ser objeto de una sanción valorada en 600 euros.
¿Quién paga la ITE de un edificio?
Esta Inspección Técnica de un Edificio la abona el Titular del Edificio o la Asociación de Vecinos, en la medida en que sea Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.
La Tasa de una Revisión Técnica de Construcción puede diferir desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según las características de la Edificación o Residencia.
En el caso de que no se pretenda liquidar la ITE, exigido por el Ayuntamiento, se podría incurrir en una penalización de 600 Euros por Inmueble a aquellos vecinos que la han rechazado.
¿Cómo puedo averiguar si un edificio ha hecho la ITE?
Para averiguar si su edificio ha ejecutado una Inspección Técnica de Edificio, debes inspeccionar el informe que se proporciona con posterioridad a la supervisión. En dicha documentación se indicará si la edificación ha pasado la evaluación y si se han identificado deficiencias.
Si no tiene acceso al expediente, puede consultar con la administración estatal correspondiente, dado que es la responsable de la implantación y consignación de las Inspecciones Técnicas de Edificios. Como acabamos de decir, es requerido la ejecución de la Inspección y que difiere de unas zonas a otras.
En concreto:
En avila, la Ley de Evaluación de Edificios (IEE) define que debe realizarse un Informe de Evaluación de Edificios cada diez años para edificios con más de cincuenta años de antigüedad.
En Cataluña tiene que ejecutarse cada década para edificaciones de más de cuarenta y cinco años. En la Comunidad de avila cada diez años, para edificios superior a treinta años, al igual que en avila.
¿Qué se inspecciona en la ITE?
A lo largo de la ITE se verifican diferentes aspectos de la construcción, en particular la arquitectura, las instalaciones, el exterior, el tejado y las zonas comunes. Además se verifica el acceso del edificio, es decir, si es correctamente transitable para personas con discapacidad o movilidad reducida.
En la ITE se comprueba la condición de los elementos siguientes de la edificación:
- Instalaciones: se comprueba el estado y desempeño de las instalaciones del edificio, al igual que la corriente eléctrica, el agua, el gas y los dispositivos de acondicionamiento del aire.
- Estructura: se verifica la estabilización y protección de la estructura del edificio, inclusive los componentes de carga, los cimientos, los forjados, las vigas y las columnas.
- Espacios Comunes: se comprueba la condición de mantenimiento de las zonas comunes de la edificación, como la entrada, el hall, las escaleras, los rellanos y los elevadores.
- Fachada y Cubierta: se analiza la condición de mantenimiento del exterior y el tejado, adicionalmente del envolvente, las repisas y las cañerías de agua pluvial.
- La facilidad de Acceso: se comprueba la facilidad de acceso a la construcción para personas con minusvalía o movimiento limitado, analizando la disponibilidad de rampas, ascensores, barandillas y otros componentes necesarios.
Si se identifican carencias en alguno de estos componentes, se establecen las fechas de regularización y se formula un escrito con las operaciones obligatorias para proteger la seguridad y manutención inmueble.
¿Qué Edificios tienen Obligación de pasar la ITE?
Todos Inmuebles en en Gallegos de Sobrinos están requeridos a cumplir con la correspondiente Inspección Técnica inmediatamente antes de los 45 años de antigüedad, la cual se encuentra detallada en el propio catastro
Además, si es una vivienda que tiene más de 45 años, deberían volver a pasar la ITE cada 10 años y comprobar exhaustivamente de que no haya problemas.
Existen unos cuantos Edificios que, según la Normativa Municipal, tienen la obligación de someterse a esa Inspección cada cierta temporada, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar así como Plurifamiliar.
La Exigencia es para Edificios de más de 50 años, dado que la Normativa Estatal así lo exige, pero es la Administración Local de la Ciudad la que tiene la última palabra.
¿Qué ocurre si un Edificio no posee la ITE?
Si una vivienda tiene más de 50 años tiene que pasar la ITE de forma inevitable, pero en determinados Ayuntamientos hay determinadas normativas que pueden aumentar los años de requerimiento.
Si deseas liquidar la vivienda y la misma tiene que pasar la ITE entonces te van a instar que remitas el Certificado ITE, no obstante si posees un consenso entre comprador y vendedor con condiciones justificadas no se debería revocar la compraventa.
En caso de no efectuar la Inspección imperativa, puede suponer unas sanciones bastante sustanciales que van a estar sujetas del Ayuntamiento en cuestión, pero podrían llegar incluso entre 5000 y 6000 Euros.