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inspeccion tecnica de edificios Guardamar de la Safor

Artículo Actualizado a: junio 2024

¿Qué es la Inspección Técnica del Edificio o ITE?

La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Guardamar de la Safor es una comprobación pertinente que se realiza en Edificios con la meta de garantizar la integridad y el mantenimiento adecuado de las propiedades e instalaciones.

En este post, te describimos por qué la ITE es importante, las ventajas, los componentes que tienes que evaluar y cómo hacer una inspección adecuadamente. ¡Sigue leyendo para saber todo respecto a esta práctica fundamental!

La comprobación del inmueble se ejecuta por expertos que observan potenciales defectos y determinarán la conveniencia de realizar mejoras

La valoración del edificio tiene como finalidad inspeccionar riesgos potenciales ligados a la seguridad de la estructura, la presencia de humedad ambiental, la descomposición, aunque no contempla la identificación de la patología de la aluminosis.

¿Qué diferencia hay entre una IEE y ITE?

La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, no obstante, no son la misma cosa. Sin embargo déjame precisarte específicamente.

La ITE evalúa la condición del inmueble en cuestión. Y la IEE investiga la accesibilidad así como el ahorro energético.

Recientemente, la revisión técnica de un bien inmueble se ha perfeccionado, englobando la evaluación de la propiedad en sí misma, sumado a la accesibilidad para personas con discapacidad, sumado a la gestión energética. Por tanto, en la actualidad se nombra como IEE para abarcar todos estas verificaciones necesarias.

¿Qué es un Certificado ITE?

El Certificado ITE es un Escrito Oficial que valida la calidad de la estructura y su cumplimiento siguiendo las leyes de seguridad estructural, habitabilidad de la vivienda, y su entorno urbano.

Este documento tiene que presentarse en algunas ocasiones cuando un inmueble tiene un número de años desde su construcción, y en determinadas provincias o localidades de España es de carácter obligatorio.

En algunas localidades de nuestro País el Certificado ITE se exige su presentación incluso cuando se pide la Licencia de Obra mayor o mientras que se piden Ayudas o Subvenciones para la Restauración de la construcción.

El Certificado ITE presenta descripción minuciosa de la Evaluación de la Solidez del Inmueble, Sistemas de Prevención de Incendios, Red de Suministro Eléctrico y de Saneamiento

Este Certificado desempeña el papel de un Expediente de referencia para la próxima Supervisión y cuidado del Inmueble.

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¿Qué pasa si un propietario no quiere hacer la ITE?

En todos los edificios de comunidades siempre hay personas que no están en consonancia con los asuntos que se tienen que ejercer, a pesar de que sean obligadas.

El entendimiento limitado de cómo funciona una ITE y sospechar que el costo será excesivamente alto, podría ser una razón para que un vecino se niegue a aprobar una ITE.

La obligación de pasar la Inspección Técnica de Edificio es porque te lo solicita el Gobierno Municipal por los años del Edificio y el vecino no debería resistirse ya que se puede perpetrar una penalización.

Muchas veces un propietario no desea ejecutar la Inspección Técnica del Edificio puesto que su Piso no está en las condiciones correctas. El Técnico, en esta situación, podría firmar sin entrar a esa Vivienda o declinar la materialización del Documento Escrito.

¿Quién costea la ITE de un Edificio?

La ITE de un Edificio la paga el Propietario del Inmueble o la Asociación de Vecinos, en la medida en que se trate de Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.

La Tasa de una Revisión Técnica de Construcción puede diferir desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según la Condición de la Edificación o Residencia.

En el escenario de que no desee asumir el Importe de la Inspección Técnica de Edificios, imprescindible por el Ayuntamiento, los vecinos que la hayan negado podrían ser objeto de una penalización valorada en 600 euros.

¿Quién costea la ITE de un Edificio?

La ITE de un Edificio la paga el Dueño del Edificio o la Comunidad de Propietarios, en el caso de que se trate de Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.

El Precio de una Revisión Técnica de Construcción puede variar desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según las particularidades de la Edificación o Residencia.

En el escenario de que no pretenda asumir el Precio de la ITE, obligatoria por el Ayuntamiento, los propietarios que la hayan negado podrían ser objeto de una penalización cuantificada en 600 euros.

¿Cómo puedo saber si un edificio ha pasado la ITE?

Para saber si su edificio ha completado una Inspección Técnica de Edificio, debes revisar el informe que se entrega después de que la inspección. En dicho informe se precisará si el edificio ha pasado la inspección y si se han descubierto desperfectos.

Si no dispone del documento informativo, puede acudir a la entidad pública encargada, que es la que se encarga de finalizar y almacenar las Inspecciones Técnicas de Edificios. Como hemos mencionado antes que es vinculante ejecutar la revisión técnica de edificios y que su alcance varía de unas zonas a otras.

Por ejemplo:

En Asturias, la Normativa de Evaluación de Edificios (IEE) define que debe ejecutarse el Informe de Evaluación de Edificios cada década para edificios con más de cincuenta años de antigüedad.

En Cataluña, la inspección debe llevarse a cabo cada década para edificaciones con una antigüedad de más de cuarenta y cinco años. Mientras que en valencia y valencia, se requiere una supervisión cada diez años para aquellos edificios que superen los 30 años.

¿Qué se examina en la ITE?

Se revisa la facilidad de acceso del inmueble, para analizar si es de fácil tránsito para ciudadanos con movilidad reducida o incapacidad. En la Inspección Técnica de Edificio se evalúan la arquitectura, las instalaciones, la cubierta, la fachada y las zonas comunes.

En la Inspección Técnica de Edificio se comprueba la situación de las zonas siguientes del edificio:

  • La facilidad de Acceso: se analiza el acceso al edificio para personas con imposibilidad o desplazamiento limitado, examinando la presencia de rampas, ascensores, pasamanos y otros componentes requeridos.
  • Revestimiento y Cubierta: se comprueba el estado de preservación de la fachada y el tejado, incluso del revestimiento, las juntas y las tuberías de agua pluvial.
  • Instalaciones: se revisa el estado y comportamiento del equipamiento del edificio, al igual que la energía, el agua, el gas y los sistemas de climatización.
  • Arquitectura: se analiza la estabilidad y seguridad de la arquitectura de la construcción, incluyendo los componentes de carga, los cimientos, los forjados, las vigas y los pilares.
  • Zonas comunes: se analiza la condición de conservación de los espacios comunes del edificio, como la entrada, el hall, las escaleras, los pasillos y los elevadores.

En el caso de que se encuentre defectos en alguno de estos elementos, se precisan plazos de tiempo para su subsanación y se aporta un documento con las ejecuciones imprescindibles para preservar la protección y manutención de la construcción.

¿Qué edificios están obligados a pasar la ITE?

Los Inmuebles en en Guardamar de la Safor se encuentran requeridos a completar la adecuada Revisión Técnica inmediatamente antes de los 45 años de antigüedad, la cual se encuentra detallada en el mismo registro

Por otro lado, si es una vivienda con más de 45 años, sería conveniente volver a pasar la Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar exhaustivamente de que no se detectan problemas.

Existen algunas edificios que, según las Leyes Municipales deben someterse a esa Evaluación cada cierto tiempo, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar como Plurifamiliar.

La Obligación es para Edificios de más de 50 años, puesto que la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Gobierno Local de la Localidad la que mantiene la última palabra.

¿Qué pasa si un Edificio no tiene ITE?

En el caso de que una vivienda tiene más de 50 años hay que pasar la ITE de forma irrenunciable, pero en algunos Ayuntamientos hay ciertas normativas que pueden diferir los años de obligatoriedad.

Si aspiras a vender una vivienda y la misma necesita pasar la ITE entonces te van a exigir que aportes el Certificado ITE, no obstante si posees un consenso entre comprador y vendedor con causas justificadas no se debería negar la compraventa.

En el supuesto de no llevar a cabo esta Inspección imperativa, puede implicar unas sanciones realmente graves que van a supeditarse del Ayuntamiento en cuestión, pero podrían llegar incluso hasta 6 mil Euros.