¿Qué es la ITE o la Inspección Técnica del Edificio?
La ITE o Inspección Técnica de Edificios en La Cueva de Roa es una inspección imprescindible que se lleva a cabo en Edificios con el objetivo de garantizar la integridad y el mantenimiento adecuado de las construcciones e instalaciones.
En este post, te especificamos por qué la ITE es primordial, las ventajas, los componentes que hay que valorar y cómo hacer una inspección correctamente. ¡Continua leyendo para conocer todo respecto a esta práctica imprescindible!
El análisis de la edificación se efectúa por personal competente que descubren eventuales carencias y decidirán si es necesario realizar arreglos
La supervisión de la propiedad tiene como finalidad revisar riesgos relacionados a la seguridad de la propiedad, la humedad en la estructura, la degradación, sin embargo no contempla la identificación de la presencia de aluminosis.
¿Cuál es la diferencia entre ITE y IEE?
La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aun cuando, no tienen la misma función. No obstante voy a aclararte concretamente.
La ITE evalúa el mantenimiento de la edificación. Y la IEE verifica la adaptabilidad y el uso de la energía.
En los últimos años, la revisión técnica de un bien inmueble se ha mejorado, abarcando la inspección de la estructura del edificio, además de la accesibilidad, incluyendo el rendimiento energético. De ahí que, ahora se llama como IEE para incluir todos estas procesos imprescindibles.
¿En qué Consiste el Certificado ITE?
El Certificado ITE es un Informe Técnico que confirma la situación del Edificio y su cumplimiento siguiendo los reglamentos de seguridad, habitabilidad urbana, y el contexto urbano.
Este Certificado tiene que entregarse en algunos casos cuando una edificación cuenta con un número de años desde su construcción, y en determinadas provincias o zonas de España es obligatorio.
En varias ciudades de España el Certificado ITE debe presentarse además cuando se pide una Licencia de Obra mayor o mientras que se solicitan Ayudas o Subvenciones para la Rehabilitación del edificio.
Un Certificado ITE tiene datos sobre el Estudio de el estado de Conservación de la Estructura, Equipos de Prevención de Incendios, Tendido Eléctrico y Sanitaria
El Certificado cumple con la finalidad de un Registro de referencia para la Inspección siguiente y conservación de la Construcción.
¿Qué sucede si un propietario no quiere hacer la ITE?
En la amplia mayoría de las comunidades reiteradamente hay personas que no están en consonancia con los asuntos que se deben llevar a cabo, por más que sean obligadas.
El entendimiento limitado de cómo funciona una Inspección Técnica de Edificio y sugerir que el desembolso será excesivamente alto, podría ser un motivo para que un vecino no esté de acuerdo a aprobar una inspección técnica de edificios.
La responsabilidad de proceder a la ITE es debido a que te lo obliga el Gobierno Municipal por los años de la Construcción y el propietario no debería renunciar dado que se puede perpetrar una multa.
Ocasionalmente un propietario no quiere ejecutar la ITE dado a que su Vivienda no está en las condiciones apropiadas. El Profesional, dadas las circunstancias, podría suscribir sin visitar esa Vivienda o rehusar la materialización del Documento Escrito.
¿Quién paga la ITE de un edificio?
La ITE de un Edificio la paga el Titular del Inmueble o la Comunidad de Propietarios, en el caso de que sea Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.
El Coste de una Revisión Técnica de Construcción puede variar desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según las particularidades de la Edificación o Residencia.
En el escenario de que no se pretenda abonar la ITE, imprescindible por el Gobierno Municipal, se podría perpetrar una sanción de 600 Euros por vivienda a aquellos vecinos que la han rechazado.
¿Quién costea la ITE de un Edificio?
La ITE de un Edificio la paga el Propietario del Edificio o la Comunidad de Propietarios, en el caso de que sea Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.
El Importe de una Inspección Técnica de Edificios puede oscilar desde los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más teniendo en cuenta las características de la Edificación o Piso.
En el escenario de que no pretenda asumir el Precio de la ITE, indispensable por el Gobierno Municipal, los propietarios que la hayan negado podrían ser objeto de una penalización cuantificada en 600 euros.
¿Cómo puedo saber si un edificio ha pasado la ITE?
Para conocer si su edificio ha efectuado una Inspección Técnica de Edificio, tienes que evaluar los resultados documentados que se entregan a continuación de la inspección. Esta declaración apuntará si la edificación ha pasado la revisión y si se han encontrado irregularidades.
Si no posee acceso al expediente, puede hablar con el organismo público competente, ya que es la encargada de la realización y registro de las Inspecciones Técnicas de Edificios. Como hemos mencionado antes, es vinculante la materialización de la Inspección y que oscila de unas localidades a otras.
En concreto:
En burgos, la Legislación de Evaluación de Edificios (IEE) precisa que debe efectuarse un Informe de Evaluación de Edificios cada diez años para edificios con más de cincuenta años de antigüedad.
En Catalunya, la revisión debe efectuarse cada diez años para construcciones con una edad de más de 45 años. Mientras que en burgos y burgos, se requiere un examen cada década para aquellos edificios que superen los 30 años.
¿Qué se mira en la ITE?
A lo largo de la Inspección Técnica de Edificio se verifican diversos elementos de la construcción, en particular la arquitectura, la infraestructura, la fachada, la cubierta y los espacios comunes. Asimismo se examina la facilidad de acceso de la edificación, en consecuencia, si es cómodamente transitable para personas con minusvalía o desplazamiento limitado.
Concretamente, en la Inspección Técnica de Edificio se comprueba la condición de las posteriores zonas de la construcción:
- Fachada y Cubierta: se analiza la situación de preservación del exterior y la cubierta, además del revestimiento, las juntas y las cañerías de agua de lluvia.
- Estructura: se revisa la estabilización y protección de la arquitectura de la edificación, incluido los elementos de carga, los cimientos, los forjados, las viguetas y los pilares.
- Instalaciones: se comprueba la condición y comportamiento del equipamiento de la construcción, entre otras cosas la energía eléctrica, el agua, el gas y los mecanismos de climatización.
- La Accesibilidad: se revisa la accesibilidad al edificio para ciudadanos con impedimento o movimiento limitado, comprobando la existencia de rampas, elevadores, barandillas y otros elementos imprescindibles.
- Zonas comunes: se verifica el estado de mantenimiento de los espacios comunes de la construcción, como la entrada, el vestíbulo, las escaleras, los pasillos y los elevadores.
En el supuesto de que se identifique desperfectos en alguno de esos puntos, se determinan plazos para su subsanación y se formula un documento con las ejecuciones indispensables para facilitar la seguridad y mantenimiento de la construcción.
¿Qué Edificios tienen Obligación de pasar la ITE?
Cada uno de los Inmuebles en en La Cueva de Roa se encuentran requeridos a cumplir con la adecuada Revisión Técnica inmediatamente antes de los 45 años de antiguedad, la cual se refleja en el mismo registro
Por otro lado, si es una vivienda con más de 45 años, sería conveniente volver a pasar la Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar a fondo de que no se detectan problemas.
Hay algunos Edificios que, según las Leyes Municipales, deberían realizar la Evaluación cada lapso de tiempo, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar así como Plurifamiliar.
La Obligación es para Edificios de más de 50 años, puesto que la Normativa Estatal así lo exige, pero es la Administración Local de la Localidad la que tiene la última palabra.
¿Qué pasa si un Edificio no tiene ITE?
Cuando una vivienda tiene por encima de 50 años necesita pasar la ITE de forma requerida, pero en ciertos Ayuntamientos hay varias normativas que pueden aumentar los años de obligatoriedad.
Si aspiras a liquidar la vivienda y la misma le hace falta iniciar la ITE entonces te van a exigir que presentes el Certificado ITE, no obstante si existe un acuerdo entre comprador y vendedor con condiciones justificadas no se debería revocar la compraventa.
En el caso de no efectuar la Inspección obligatoria, puede constituir unas sanciones bastante considerables que van a estar sujetas del Gobierno Municipal en cuestión, pero podrían llegar incluso entre 5 y 6 mil Euros.