¿Qué es la ITE o la Inspección Técnica del Edificio?
La ITE o Inspección Técnica de Edificios en La Revilla y Ahedo es un examen indispensable que se lleva a cabo en Edificios con el propósito de proteger la protección y la debida conservación de las construcciones e instalaciones.
En este artículo, te explicamos por qué la Inspección Técnica es esencial, las ventajas, las partes que tienes que evaluar y cómo realizar una evaluación correctamente. ¡Sigue leyendo para conocer todo referente a este método fundamental!
La valoración de la propiedad se realiza por expertos que observan probables deficiencias y juzgarán si es necesario realizar ajustes
La peritación del edificio tiene como propósito evaluar posibles peligros asociados con la seguridad de las construcciones, la presencia de humedad, el deterioro, sin embargo no incluye la detección de la manifestación de aluminosis.
¿Qué diferencia hay entre una ITE y IEE?
La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque pueda parecer, no tienen la misma función. Pero quiero precisarte concretamente.
El propósito principal de la ITE es evaluar el estado de conservación de la construcción. Y la IEE observa la accesibilidad así como el uso de la energía.
Recientemente, la evaluación de un edificio se ha optimizado, incluyendo la revisión de la edificación en cuestión, además de la adaptabilidad, así como el rendimiento energético. De esta manera, en la actualidad se nombra bajo el nombre de IEE para englobar todos estas mismas inspecciones imprescindibles.
¿En qué Consiste el Certificado ITE?
El Certificado ITE es un Escrito Oficial que comprueba la condición del inmueble y su cumplimiento con las leyes de seguridad, habitabilidad, y el medio ambiente urbano.
Este documento debe ser presentado en determinadas situaciones cuando una edificación posee cierto tiempo de antigüedad, y en determinadas o zonas de España es obligatorio.
En algunas poblaciones de España el Certificado ITE se exige su presentación además cuando se solicita la Licencia de Obra mayor o mientras que se tramitan Ayudas o Subvenciones para la Rehabilitación del edificio.
El Certificado ITE presenta descripción minuciosa de la Evaluación de la Solidez del Inmueble, Dispositivos de Detección de Incendios, Infraestructura Eléctrica y de Saneamiento
Este Certificado desempeña el papel de Escrito de consulta para la Evaluación futura y mantenimiento de un Edificio.
¿Qué sucede si un propietario no quiere hacer la ITE?
En todos los edificios hay quienes no están de acuerdo con aceptar los requerimientos impuestos, aún cuando sean establecidos de manera obligada.
El desconocimiento total de cómo funciona una ITE y creer que el costo será sustancial, podría ser un motivo para que un vecino no esté de acuerdo a aprobar una inspección técnica de edificios.
La exigencia de pasar la Inspección Técnica de Edificio es dado que te lo demanda el Ayuntamiento por la Antigüedad del Edificio y el propietario no debería negarse ya que se puede entrañar una sanción.
En contadas ocasiones un vecino no quiere pasar la ITE ya que su Piso no está en las condiciones oportunas. El Técnico, a este respecto, podría formalizar el proceso sin visitar esa Vivienda o negarse a la realización del Documento Escrito.
¿Quién paga la ITE de un edificio?
Esta Inspección Técnica del Edificio la paga el Propietario del Inmueble o la Comunidad de Propietarios, en el caso de que sea Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.
La Tasa de una Revisión Técnica de Construcción puede variar desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según las particularidades de la Edificación o Residencia.
En el caso de que no pretenda asumir el Coste de la ITE, indispensable por el Ayuntamiento, los propietarios que la hayan negado podrían ser objeto de una multa valorada en 600 euros.
¿Quién costea la ITE de un Edificio?
Esta Inspección Técnica de un Edificio la paga el Dueño del Edificio o la Asociación de Vecinos, en el caso de que sea Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.
El Precio de una Revisión Técnica de Construcción puede oscilar desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según la Naturaleza de la Edificación o Residencia.
En el caso de que no se quiera costear la Inspección Técnica de Edificios, imprescindible por el Gobierno Municipal, se podría cometer una penalización de 600 Euros por vivienda a aquellos vecinos que se han negado.
¿Cómo puedo saber si un edificio ha hecho la ITE?
Para conocer si el edificio ha efectuado la Inspección Técnica, debes examinar los resultados confirmados que se ofrecen después de la evaluación. Esta declaración indicará si el edificio ha superado la evaluación y si se han observado irregularidades.
Si no posee acceso a la documentación, puede acudir con la administración pública correspondiente, ya que es la responsable de la realización y consignación de las ITE. Como acabamos de decir, es obligado la implementación de la ITE y que oscila de unos lugares a otros.
Por ejemplo:
La Norma IEE en burgos precisa que la ITE debe ser ejecutado cada decenio para las edificaciones que acumulen más de 50 años de edad.
En Cataluña, la revisión tiene que ejecutarse cada diez años para edificaciones con una edad superior a cuarenta y cinco años. Al mismo tiempo que en burgos y burgos, se necesita una supervisión cada década para las construcciones que superen los 30 años.
¿Qué se examina en la ITE?
Se analiza la accesibilidad del inmueble, para revisar si es de cómodo tránsito para personas con desplazamiento reducido o minusvalidez. En la Inspección Técnica de Edificio se comprueban la arquitectura, las instalaciones, el tejado, el exterior y los espacios comunes.
Fundamentalmente, en la ITE se verifica el estado de las posteriores zonas del edificio:
- Arquitectura: se verifica la estabilidad y seguridad de la arquitectura de la construcción, inclusive los elementos de carga, las cimentaciones, los elementos estructurales, las viguetas y los pilares.
- Instalaciones: se evalúa la condición y comportamiento del equipamiento del edificio, así como la energía, el agua, el gas y los mecanismos de acondicionamiento del aire.
- Revestimiento y Tejado: se revisa la situación de mantenimiento del exterior y el tejado, incluso del revestimiento, las repisas y las tuberías de agua de lluvia.
- Espacios Comunes: se revisa el estado de preservación de los espacios comunes de la edificación, como el portal, el vestíbulo, las escaleras, los rellanos y los elevadores.
- El Acceso: se analiza la facilidad de acceso al edificio para ciudadanos con minusvalidez o movimiento limitado, examinando la existencia de pasarelas, ascensores, barandillas y otros elementos necesarios.
En el caso de que se localice desperfectos en alguno de esos componentes, se determinan fechas para su subsanación y se formula un informe con las intervenciones fundamentales para garantizar la seguridad y mantenimiento de la edificación.
¿Qué edificios están obligados a pasar la ITE?
Todos Edificios en en La Revilla y Ahedo están requeridos a completar la adecuada Revisión Técnica antes de los 45 años de edad, la cual está reflejada en el mismo registro
Por otro lado, si es una vivienda con más de 45 años, sería recomendable volver a pasar la Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar exhaustivamente de que no existan problemas.
Hay algunos edificios que, según las Leyes Municipales deberían pasar esa Evaluación cada cierta temporada, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar como Plurifamiliar.
El Deber es para Edificios de más de 50 años, ya que así la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Ayuntamiento de la Comarca la que posee la última palabra.
¿Qué pasa si un Edificio no tiene ITE?
Cuando una vivienda tiene más de 50 años necesita pasar la ITE de forma irrenunciable, pero en determinados Ayuntamientos hay algunas normativas que pueden modificar los años de requerimiento.
Si aspiras a traspasar la vivienda y la misma necesita iniciar la ITE entonces te van a ordenar que muestres el Certificado ITE, pero si posees un consentimiento entre comprador y vendedor con acontecimientos justificados no se debería invalidar la compraventa.
En el supuesto de no efectuar la Inspección requerida, puede implicar unas penalizaciones realmente sustanciales que van a estar sujetas del Gobierno Municipal en cuestión, pero podrían llegar posiblemente entre 5000 y 6000 Euros.