¿Qué es la ITE o la Inspección Técnica del Edificio?
La ITE o Inspección Técnica de Edificios en La Sequera de Haza es un control indispensable que se lleva a cabo en Edificios con el propósito de garantizar la integridad y el correcto mantenimiento de las construcciones e instalaciones.
En este artículo, te mostramos por qué la ITE es primordial, las ventajas, las partes que tienes que valorar y cómo ejecutar una evaluación adecuadamente. ¡Continua leyendo para saber todo sobre este método fundamental!
La inspección del inmueble se realiza por técnicos calificados que descubren posibles problemas y evaluarán la oportunidad de efectuar arreglo
La auditoría de la construcción tiene como finalidad examinar riesgos relacionados con la seguridad de la estructura, la humedad en la estructura, la degradación, sin embargo no contempla la identificación de la detección de aluminosis.
¿Qué diferencia hay entre una IEE y ITE?
La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aun cuando, no es lo mismo. Pero voy a precisarte concretamente.
El propósito principal de la ITE es evaluar el estado de conservación de la estructura. Y la IEE observa la adaptabilidad y el rendimiento energético.
Desde hace unos cuantos años, la inspección técnica de un edificio se ha optimizado, englobando la evaluación del edificio en sí mismo, así como la accesibilidad, incluyendo el consumo energético. Así que, ahora se llama con el nombre de IEE para englobar todos estas mismas evaluaciones obligatorias.
¿Qué es un Certificado ITE?
El Certificado ITE es un Informe que constata la condición del inmueble y su cumplimiento de acuerdo con las regulaciones de seguridad en la construcción, habitabilidad y confort, y su entorno.
Este informe es necesario ser presentado en algunas ocasiones cuando una edificación tiene un número de años desde su construcción, y en algunas provincias o zonas de España es imperativo.
En diversas ciudades de nuestro País dicho Certificado ITE debe presentarse aún cuando se solicita la Licencia de Obra mayor o cuando se tramitan Ayudas o Subvenciones para la Renovación de la estructura.
El Certificado ITE tiene análisis completo de la Evaluación de la Estructura del Edificio, Sistemas de Extinción de Incendios, Tendido Eléctrico y Sanitaria
El Certificado desempeña el papel de una prueba de referencia para la próxima Supervisión y mantenimiento del Edificio.
¿Cuánto se demora en realizar una ITE?
La duración de la ITE por lo regular oscila entre 2 y 4 horas, en función de muchos factores como el tamaño, la edad y la complejidad de la construcción. No obstante, en algunas situaciones este lapso de tiempo puede ser mayor.
El procedimiento de la ITE entraña una evaluación en profundidad de la situación de conservación y protección de la edificación, consiguientemente se requiere un tiempo apropiado para poder realizar todas las comprobaciones esenciales.
Algunas veces, puede ser imprescindible someterse a análisis complementarios, como análisis de materiales o mediciones de humedad, para poder efectuar una inspección más específica del estado del edificio. Esto puede alargar el tiempo de la evaluación.
El Profesional correspondiente prepara el Documento tras la evaluación, se presenta en la Administración Municipal al ser firmado, lo que hace que el proceso tarde cerca de tres semanas.
¿Qué Edificios tienen Obligación de pasar la ITE?
Los Edificios en en La Sequera de Haza están obligados a cumplir con la correspondiente Inspección Técnica inmediatamente antes de los 45 años de antigüedad, la cual se encuentra detallada en el propio catastro
Además, si es una vivienda con más de 45 años, sería aconsejable volver a pasar una Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar exhaustivamente de que no aparezcan problemas.
Existen unos cuantos Edificios que, según las Leyes Municipales, deben realizar la Inspección cada cierto tiempo, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar como Plurifamiliar.
La Responsabilidad es para Edificios de más de 50 años, pues la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Gobierno Municipal de la Localidad la que tiene la última palabra.
¿Quién costea la ITE de un Edificio?
La ITE de un Edificio la abona el Titular del Edificio o la Asociación de Vecinos, en el supuesto de que sea Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.
El Importe de una ITE puede variar desde los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más en base a la naturaleza del Edificio o Vivienda.
En el caso de que no se quiera reembolsar la ITE, requerido por el Ayuntamiento, se podría incurrir en una sanción de 600 Euros por vivienda a aquellos propietarios que la han rechazado.
¿Qué pasa si un vecino no quiere hacer la ITE?
En la mayoría de las Comunidades hay quienes no están de acuerdo con aceptar los requerimientos impuestos, aunque sean establecidos de manera obligada.
El entendimiento limitado de cómo funciona una Inspección Técnica de Edificio y suponer que el precio será elevado, podría ser una razón para que un vecino no esté conforme a aprobar una ITE.
El Gobierno Municipal exige a pasar la Inspección Técnica de Edificio por los años de la Construcción, de modo que el propietario no debería resistirse ya que puede ser multado si lo hace.
En ocasiones un vecino no desea pasar la ITE ya que su Vivienda no está en las circunstancias correctas. El Ingeniero, en esta situación, podría formalizar el proceso sin pasar a esa Vivienda o desestimar la materialización del Reporte Oficial.
¿Cómo puedo saber si un edificio ha pasado la ITE?
Para descubrir si un edificio ha realizado la ITE, tienes que evaluar el informe que se facilita después de la auditoría. En dicho informe se indicará si el edificio ha superado la inspección y si se han hallado deficiencias.
Si no cuenta con el documento informativo, puede ir a la entidad pública pertinente, que es la que se encarga de finalizar y conservar las Inspecciones Técnicas de Edificios. Como acabamos de decir que es requerido ejecutar la inspección de edificios y que su ámbito varía de región a región.
De este modo:
En burgos, la Legislación de Evaluación de Edificios (IEE) establece que debe realizarse el Informe de Evaluación de Edificios cada década para edificios con más de cincuenta años de existencia.
En Catalunya debe ejecutarse cada diez años para edificios superior a 45 años. En la Comunidad de burgos cada diez años, para edificaciones superior a treinta años, tal como en burgos.
¿Qué se comprueba en la ITE?
Durante la ITE se verifican diversos componentes de la edificación, tal como la estructura, la infraestructura, la fachada, la cubierta y los espacios comunes. Adicionalmente se analiza la accesibilidad de la edificación, en concreto, si es cómodamente transitable para personas con incapacidad o movimiento limitado.
En la Inspección Técnica de Edificio se comprueba la condición de las partes siguientes de la construcción:
- Infraestructuras: se analiza el estado y comportamiento de las instalaciones del edificio, además de la energía eléctrica, el agua, el gas y los dispositivos de climatización.
- Arquitectura: se verifica la estabilidad y seguridad de la estructura del edificio, incluyendo los componentes de carga, las cimentaciones, los forjados, las vigas y las columnas.
- Fachada y Cubierta: se verifica la situación de preservación del exterior y la cubierta, también de la envoltura, las repisas y las cañerías de agua pluvial.
- Espacios Comunes: se verifica la situación de conservación de los espacios comunes de la edificación, como el portal, el vestíbulo, las escaleras, los pasillos y los ascensores.
- El Acceso: se revisa la accesibilidad a la edificación para ciudadanos con imposibilidad o movilidad reducida, analizando la disponibilidad de rampas, elevadores, pasamanos y otros elementos imprescindibles.
Si se identifican deficiencias en alguno de estos componentes, se establecen las fechas de rehabilitación y se emite un escrito con las intervenciones necesarias para preservar la protección y mantenimiento inmueble.
¿Qué pasa si un Edificio no tiene ITE?
Cuando una vivienda tiene más de 50 años obligan a pasar la ITE de forma requerida, pero en ciertos Ayuntamientos hay varias normativas que pueden cambiar los años de obligatoriedad.
Si aspiras a liquidar una vivienda y la misma debe iniciar la ITE entonces te van a exigir que presentes el Certificado ITE, pero si existe un consentimiento entre comprador y vendedor con acontecimientos justificados no se debería revocar la compraventa.
En el supuesto de no ejecutar la Inspección requerida, puede constituir unas penalizaciones bastante graves que van a supeditarse del Ayuntamiento en cuestión, pero podrían llegar inclusive hasta 6 mil Euros.