¿Qué es la Inspección Técnica del Edificio o ITE?
La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Martín Miguel es una comprobación pertinente que se lleva a cabo en Edificios con la finalidad de velar por la integridad y el mantenimiento adecuado de las construcciones e instalaciones.
¡Descubre todo respecto a este método fundamental leyendo este artículo! Te explicamos los beneficios, las partes evaluables y cómo realizar una Inspección correctamente, para que entiendas por qué la Inspección Técnica de Edificios es fundamental.
La revisión de la construcción se ejecuta por peritos expertos que encuentran potenciales irregularidades y juzgarán la conveniencia de realizar acondicionamientos
La supervisión de la propiedad persigue examinar riesgos ligados con la seguridad de las construcciones, la humedad en la edificación, la degradación, sin embargo no cubre la detección de la existencia de aluminosis.
¿Qué diferencia hay entre una IEE y ITE?
La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque se parezcan, no son sinónimos. Pero quiero precisarte particularmente.
La función de la ITE es evaluar la condición del inmueble en cuestión. Y la IEE analiza la accesibilidad así como el ahorro energético.
Recientemente, la revisión técnica de un bien inmueble se ha modernizado, incorporando la evaluación de la edificación en cuestión, así como la adaptabilidad, junto con el ahorro energético. Así que, en la actualidad se llama como IEE para contemplar todas estas mismas revisiones obligatorias.
¿Qué es un Certificado ITE?
El Certificado ITE es un Escrito Oficial que atestigua la condición de la construcción y su cumplimiento siguiendo las leyes de seguridad estructural, habitabilidad, y su entorno.
Este Certificado tiene que mostrarse en algunos casos cuando un inmueble posee una edad determinada, y en algunas provincias o lugares de España es de carácter obligatorio.
En varias localidades de España el Certificado ITE debe presentarse además cuando se pide una Licencia de Obra mayor o cuando se piden Ayudas o Subvenciones para la Restauración del edificio.
Un Certificado ITE posee información acerca de la Revisión de la Integridad Estructural, Sistemas de Prevención de Incendios, Tendido Eléctrico y de Saneamiento
El Certificado desempeña el papel de una prueba de referencia para la próxima Revisión y conservación de la Construcción.
¿Qué ocurre si un vecino no quiere pasar la ITE?
En la mayoría de las comunidades con frecuencia hay vecinos que no están en consonancia con las cosas que se tienen que ejecutar, por más que sean obligatorias.
La ignorancia de lo que se hace en una Inspección Técnica de Edificios y pensar que podría ser un precio sustancial podría ser una de las razones por las que un vecino no esté de acuerdo a realizar la ITE.
El Gobierno Municipal solicita a pasar la Inspección Técnica de Edificio por la Antigüedad de la Construcción, de modo que el vecino no debería resistirse ya que puede ser multado en caso afirmativo.
Ocasionalmente, un propietario no quiere aprobar la Evaluación Técnica de la Edificación puesto a que su Vivienda no está con los requisitos adecuados. En este sentido, el Técnico podría negarse a el examen sin pasar al Inmueble o declinar el materializar el Reporte Oficial.
¿Quién costea la ITE de un Edificio?
Esta ITE de un Edificio la paga el Titular del Inmueble o la Asociación de Vecinos, en el caso de que sea Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.
El Coste de una Revisión Técnica de Construcción puede oscilar desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según la Condición de la Edificación o Residencia.
En el supuesto de que no quiera asumir el Precio de la Inspección Técnica de Edificios, obligatoria por el Gobierno Municipal, los propietarios que la hayan negado podrían ser objeto de una sanción valorada en 600 euros.
¿Quién costea la ITE de un Edificio?
Esta ITE de un Edificio la abona el Propietario del Edificio o la Asociación de Vecinos, en el supuesto de que se trate de Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.
La Tasa de una ITE puede diferir a partir de los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más según la condición de la Edificación o Piso.
En el caso de que no pretenda asumir la Tasa de la Inspección Técnica de Edificios, imprescindible por el Gobierno Municipal, los propietarios que la hayan rechazado podrían ser objeto de una sanción cuantificada en 600 euros.
¿Cómo puedo averiguar si un edificio ha hecho la ITE?
Para enterarse si un edificio ha ejecutado una Inspección Técnica de Edificio, tienes que verificar el expediente que se facilita con posterioridad a la supervisión. En dicho expediente se precisará si el edificio ha superado la inspección y si se han observado desperfectos.
Si no dispone del documento informativo, puede ir a la entidad pública encargada, que es la que se encarga de desempeñar y archivar las ITE. Como hemos dicho anteriormente que es obligatorio efectuar la evaluación de edificios y que su ámbito varía de unos sitios a otros.
Por consiguiente:
La Ley IEE en segovia establece que el Informe de Evaluación de Edificios (IEE) debe ser ejecutado cada década para los edificios que tengan más de 50 años de edad.
En Catalunya tiene que realizarse cada diez años para construcciones de más de cuarenta y cinco años. En segovia cada década, para edificios de más de treinta años, tal como en segovia.
¿Qué se analiza en la ITE?
Se revisa el acceso del inmueble, para analizar si es de cómodo tránsito para ciudadanos con movilidad reducida o imposibilidad. En la Inspección Técnica de Edificio se evalúan la estructura, la infraestructura, el tejado, la fachada y los espacios comunes.
En la ITE se verifica el estado de las zonas siguientes del edificio:
- El Acceso: se evalúa la facilidad de acceso a la edificación para usuarios con minusvalía o desplazamiento limitado, verificando la presencia de pasarelas, elevadores, barandillas y otros elementos requeridos.
- Revestimiento y Tejado: se analiza la condición de preservación de la fachada y el tejado, incluso de la envoltura, las juntas y las tuberías de agua de lluvia.
- Infraestructuras: se analiza la situación y desempeño de las instalaciones de la construcción, entre otras cosas la corriente eléctrica, el agua, el gas y los mecanismos de climatización.
- Arquitectura: se verifica la estabilidad y seguridad de la arquitectura de la edificación, incluido los elementos de carga, los cimientos, los forjados, las vigas y los pilares.
- Espacios Comunes: se evalúa la situación de conservación de las zonas comunes del edificio, como la entrada, el vestíbulo, las escaleras, los pasillos y los elevadores.
Si se descubren deficiencias en determinados de estos elementos, se precisan los tiempos de regularización y se suministra un informe con las intervenciones decisivas para asegurar la protección y manutención inmueble.
¿Qué edificios están obligados a pasar la ITE?
Cada uno de los Inmuebles en en Martín Miguel se encuentran requeridos a acatar la pertinente ITE antes de los 45 años de antiguedad, la cual está reflejada en el propio registro
Por otro lado, si es una vivienda con más de 45 años, deberían volver a pasar la Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar exhaustivamente de que no se detectan problemas.
Hay varios Edificios que, según la Normativa Municipal, deberían someterse a esa Inspección cada lapso de tiempo, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar como Vivienda Plurifamiliar.
La Obligación es para Edificios de más de 50 años, por cuanto la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Gobierno Local de la Comarca la que tiene la última palabra.
¿Qué ocurre si un Edificio no posee la ITE?
Si una vivienda tiene más de 50 años obligan a pasar la ITE de forma requerida, pero en determinados Ayuntamientos hay determinadas normativas que pueden alterar los años de requerimiento.
Si aspiras a vender una vivienda y la misma le hace falta pasar la ITE entonces te van a exigir que presentes el Certificado ITE, ahora bien si existe un trato entre comprador y vendedor con condiciones justificadas no se debería revocar la compraventa.
En el supuesto de no realizar esta Inspección obligatoria, puede constituir unas sanciones bastante importantes que van a depender del Gobierno Municipal en cuestión, pero podrían llegar inclusive hasta los 6000 euros.