¿Qué es la Inspección Técnica del Edificio o ITE?
La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Milagros es una inspección imprescindible que se lleva a cabo en Edificios con el propósito de asegurar la seguridad y la debida conservación de las propiedades e instalaciones.
¡Descubre todo sobre esta práctica imprescindible leyendo este post! Te describimos las ventajas, las partes medibles y cómo realizar una Evaluación correctamente, para que entiendas por qué la ITE es fundamental.
El examen de la propiedad se efectúa por inspectores capacitados que observan eventuales imperfecciones y decidirán si es necesario realizar acondicionamientos
La comprobación del Edificio persigue examinar peligros relacionados con la seguridad de la estructura, la presencia de humedad, la degradación, sin embargo no contempla la identificación de la existencia de aluminosis.
¿Qué diferencia hay entre una ITE y IEE?
La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, sin embargo, no son sinónimos. Pero déjame precisarte particularmente.
El objetivo de la ITE es evaluar el mantenimiento de la construcción. Y la IEE observa la accesibilidad para personas con discapacidad así como el consumo energético.
Desde hace algunos años, la revisión técnica de un bien inmueble se ha perfeccionado, contemplando la inspección de la propiedad en sí misma, sumado a la accesibilidad para personas con discapacidad, además de la eficiencia en el uso de la energía. Así que, actualmente se llama con el nombre de IEE para contemplar todos estas mismas evaluaciones necesarias.
¿En qué Consiste el Certificado ITE?
El Certificado ITE es un Escrito Oficial que certifica el estado de la edificación y su cumplimiento según los estándares de seguridad en la construcción, habitabilidad de la vivienda, y el medio ambiente urbano.
Este documento es obligatorio mostrarse en determinadas situaciones cuando un inmueble cuenta con un número de años desde su construcción, y en algunas comunidades o zonas de España es obligatorio.
En varias poblaciones de España el Certificado ITE se exige su presentación aún cuando se solicita la Licencia de Obra mayor o cuando se solicitan Ayudas o Subvenciones para la Restauración del edificio.
Ese Certificado ITE incluye análisis completo de el Estudio de la Solidez del Inmueble, Dispositivos de Detección de Incendios, Red Eléctrica y Sanitaria
El Certificado desempeña el papel de un Expediente de referencia para la próxima Revisión y conservación de la Construcción.
¿Qué pasa si un propietario no quiere hacer la ITE?
En todos los edificios hay quienes no están de acuerdo con aceptar los requerimientos impuestos, aunque sean establecidos de manera obligada.
El desconocimiento de lo que se lleva a cabo en una Inspección Técnica de Edificios y contar con que podría ser un desembolso sustancial podría ser una de las causas por las que un vecino se niegue a ejecutar la Inspección Técnica de Edificios.
El Gobierno Municipal solicita a pasar la inspección debido a los años del inmueble, por lo tanto el propietario no debería negarse ya que puede ser penalizado en caso afirmativo.
En contadas ocasiones un vecino no quiere pasar la ITE ya que su Apartamento no está en las circunstancias oportunas. El Profesional, en cuyo caso, podría firmar sin pasar a esa Vivienda o desechar la ejecución del Informe.
¿Quién costea la ITE de un Edificio?
La Inspección Técnica del Edificio la paga el Dueño del Edificio o la Comunidad de Propietarios, en el caso de que sea Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.
El Precio de una ITE puede oscilar a partir de los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más teniendo en cuenta las características del Edificio o Piso.
En el escenario de que no se desee costear la ITE, obligatoria por el Gobierno Municipal, se podría perpetrar una penalización de 600 Euros por Inmueble a aquellos propietarios que se han negado.
¿Quién costea la ITE de un Edificio?
La ITE de un Edificio la paga el Titular del Inmueble o la Comunidad de Propietarios, en la medida en que sea Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.
El Costo de una Inspección Técnica de Edificios puede diferir desde los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más con arreglo a la naturaleza del Edificio o Piso.
En el supuesto de que no quiera asumir la Tasa de la Inspección Técnica de Edificios, obligatoria por el Ayuntamiento, los propietarios que la hayan negado podrían ser objeto de una multa valorada en 600 euros.
¿Cómo puedo averiguar si un edificio ha hecho la ITE?
Para enterarse si un edificio ha pasado la ITE, debes analizar el expediente el cual se proporciona con posterioridad a la auditoría. En dicho informe se apuntará si la construcción ha superado la evaluación y si se han localizado defectos.
Si no tiene acceso a la documentación, puede acudir con el organismo público pertinente, ya que es la responsable de la implantación y consignación de las ITE. Tal como dijimos antes, es obligatorio la ejecución de la Inspección y que difiere de unos sitios a otros.
Por consiguiente:
La Legislación IEE en burgos precisa que el Informe de Evaluación de Edificios (IEE) debe ser desempeñado cada década para los edificios que posean más de 50 años de antigüedad.
En Cataluña tiene que realizarse cada década para edificios superior a cuarenta y cinco años. En la Comunidad de burgos cada decenio, para edificaciones de más de treinta años, así como en burgos.
¿Qué se comprueba en la ITE?
Se comprueba la facilidad de acceso del edificio, para examinar si es de cómodo tránsito para ciudadanos con movilidad reducida o incapacidad. En la ITE se comprueban la arquitectura, las instalaciones, la cubierta, la fachada y las zonas comunes.
Particularmente, en la ITE se comprueba la condición de las posteriores partes de la construcción:
- Fachada y Tejado: se comprueba la situación de preservación del exterior y la cubierta, adicionalmente del recubrimiento, las juntas y las tuberías de agua de lluvia.
- Arquitectura: se comprueba la estabilidad y seguridad de la estructura de la edificación, incluyendo los componentes de carga, las cimentaciones, los forjados, las vigas y las columnas.
- Instalaciones: se analiza la situación y funcionamiento de las instalaciones del edificio, así como la energía, el agua, el gas y los dispositivos de calefacción.
- El Acceso: se analiza la accesibilidad al edificio para personas con discapacidad o movilidad reducida, examinando la presencia de pasarelas, ascensores, pasamanos y otros componentes imprescindibles.
- Espacios Comunes: se analiza la situación de mantenimiento de las zonas comunes de la construcción, como la entrada, el hall, las escaleras, los rellanos y los ascensores.
Si se descubren carencias en determinados de estos puntos, se determinan las fechas de reparación y se suministra una memoria con las operaciones fundamentales para proteger la seguridad y conservación inmueble.
¿Qué Edificios tienen Obligación de pasar la ITE?
Los Inmuebles en en Milagros están obligados a completar la adecuada Inspección Técnica inmediatamente antes de los 45 años de antigüedad, la cual está reflejada en el mismo registro
Por otro lado, si es una vivienda que tiene más de 45 años, habría que volver a pasar la ITE cada 10 años y comprobar exhaustivamente de que no se detectan problemas.
Existen varios edificios que, según las Leyes Municipales tienen la obligación de someterse a la Evaluación cada cierta temporada, ya sea si se trata de una Vivienda Unifamiliar como Vivienda Plurifamiliar.
La Exigencia es para Edificios de más de 50 años, en vista de que la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Gobierno Local de la Localidad la que mantiene la última palabra.
¿Qué pasa si un Edificio no tiene ITE?
Cuando una vivienda tiene más de 50 años necesita pasar la ITE de forma obligatoria, pero en ciertos Ayuntamientos hay ciertas normativas que pueden modificar los años de obligatoriedad.
Si quieres traspasar una vivienda y la misma necesita pasar la ITE entonces te van a exigir que aportes el Certificado ITE, sin embargo si existe un pacto entre comprador y vendedor con acontecimientos justificados no se debería revocar la compraventa.
En caso de no ejecutar la Inspección obligatoria, puede suponer unas sanciones bastante elevadas que van a supeditarse del Ayuntamiento en cuestión, pero podrían llegar probablemente entre 5000 y 6000 Euros.