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inspeccion tecnica de edificios Navas de San Antonio

Artículo Actualizado a: junio 2024

¿Qué es la ITE o la Inspección Técnica del Edificio?

La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Navas de San Antonio es un examen indispensable que se lleva a cabo en Edificios con el objetivo de asegurar la integridad y el correcto mantenimiento de las construcciones e instalaciones.

¡Descubre todo respecto a este método fundamental leyendo este post! Te especificamos los beneficios, las partes medibles y cómo realizar una Inspección debidamente, para que entiendas por qué la ITE es fundamental.

La comprobación del inmueble se ejecuta por especialistas que observan potenciales irregularidades y decidirán si es necesario realizar ajustes

La revisión técnica del inmueble persigue inspeccionar posibles peligros relacionados con la seguridad de los edificios, la humedad en el inmueble, la corrosión, aunque no cubre la detección de la manifestación de aluminosis.

¿Qué diferencia hay entre una IEE y ITE?

La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque parezca, no son la misma cosa. Pero quiero precisarte específicamente.

La función de la ITE es evaluar la situación de la estructura. Y la IEE evalúa la adaptabilidad así como el consumo energético.

En los últimos años, la supervisión técnica de un inmueble se ha actualizado, incluyendo la evaluación del edificio en sí mismo, así como la adaptabilidad, además de la eficiencia energética. De esta manera, en la actualidad se refiere con el nombre de IEE para contemplar todos estas revisiones necesarias.

¿En qué Consiste el Certificado ITE?

El Certificado ITE es un Escrito Oficial que verifica la situación del Edificio y su cumplimiento de acuerdo con las directrices de seguridad en la construcción, habitabilidad urbana, y las condiciones urbanas.

Este Certificado es obligatorio mostrarse en algunos casos cuando un inmueble posee una edad determinada, y en ciertas regiones o localidades de España es requisito indispensable.

En varias ciudades de nuestro País el Certificado ITE debe presentarse además cuando se solicita una Licencia de Obra mayor o mientras que se tramitan Ayudas o Subvenciones para la Renovación de la construcción.

Ese Certificado ITE posee descripción minuciosa de la Comprobación de la firmeza del Inmueble, Sistemas de Extinción de Incendios, Red de Suministro Eléctrico y Sanitaria

Este Certificado desempeña el papel de un Expediente de orientación para la próxima Revisión y conservación de la Estructura.

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¿Qué ocurre si un propietario no quiere hacer la ITE?

En la amplia mayoría de las comunidades constantemente hay personas que no están en consonancia con las cuestiones que se deben llevar a cabo, aunque sean obligadas.

La ignorancia de lo que se efectúa en una Inspección Técnica de Edificios y creer que podría ser un costo sustancial podría ser una de los argumentos por las que un vecino no esté de acuerdo a pasar la Inspección Técnica de Edificios.

La obligatoriedad de hacer la ITE es debido a que te lo exige el Gobierno Municipal por la Antigüedad del inmueble y el propietario no debería negarse porque se puede incurrir en una multa.

De vez en cuando un propietario no desea ejecutar la Inspección dado a que su Apartamento no está en las condiciones idóneas. El Técnico, dadas las circunstancias, podría firmar sin visitar ese Domicilio o rehusar la materialización del Informe.

¿Quién costea la ITE de un Edificio?

Esta ITE de un Edificio la paga el Dueño del Edificio o la Asociación de Vecinos, en la medida en que se trate de Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.

El Importe de una Revisión Técnica de Construcción puede diferir desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según las características de la Edificación o Residencia.

En el supuesto de que no se desee reembolsar la ITE, imprescindible por el Ayuntamiento, se podría perpetrar una penalización de 600 Euros por vivienda a aquellos vecinos que se han negado.

¿Quién paga la ITE de un edificio?

La ITE de un Edificio la paga el Dueño del Edificio o la Comunidad de Propietarios, en la medida en que se trate de Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.

El Precio de una ITE puede variar desde los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más dependiendo de las características de la Construcción o Vivienda.

En el escenario de que no pretenda asumir el Coste de la Inspección Técnica de Edificios, imprescindible por el Ayuntamiento, los vecinos que la hayan negado podrían ser objeto de una sanción valorada en 600 euros.

¿Cómo puedo averiguar si un edificio ha hecho la ITE?

Para descubrir si su edificio ha completado la ITE, tienes que examinar el informe que se facilita después de que la supervisión. En dicha documentación se especificará si la edificación ha pasado la evaluación y si se han observado desperfectos.

Si no tiene acceso a la documentación, puede consultar con la administración estatal competente, ya que es la responsable de la realización y consignación de las Inspecciones Técnicas. Como hemos mencionado antes, es obligado la puesta en práctica de la Inspección y que varía de unas zonas a otras.

En concreto:

En segovia, la Ley de Evaluación de Edificios (IEE) determina que debe realizarse el Informe de Evaluación de Edificios cada diez años para construcciones con más de cincuenta años de antigüedad.

En Catalunya, la inspección tiene que llevarse a cabo cada diez años para construcciones con una edad superior a cuarenta y cinco años. Al mismo tiempo que en segovia y segovia, se obliga a una supervisión cada diez años para aquellos edificios que superen los 30 años.

¿Qué se comprueba en la ITE?

A lo largo de la Inspección Técnica se revisan varios elementos de la construcción, tal como la estructura, las instalaciones, el exterior, el tejado y los espacios comunes. Adicionalmente se verifica la facilidad de acceso del edificio, por consiguiente, si es fácilmente transitable para personas con minusvalidez o movimiento limitado.

Fundamentalmente, en la ITE se comprueba la condición de las posteriores partes del edificio:

  • Instalaciones: se analiza el estado y desempeño del equipamiento del edificio, además de la energía, el agua, el gas y los sistemas de calefacción.
  • Arquitectura: se evalúa la estabilización y protección de la estructura del edificio, incluyendo los elementos de carga, las cimentaciones, los forjados, las vigas y los pilares.
  • Revestimiento y Tejado: se analiza la condición de conservación del exterior y la cubierta, incluso del recubrimiento, las juntas y las bajantes de agua de lluvia.
  • Zonas comunes: se analiza la situación de mantenimiento de las zonas comunes de la edificación, como la entrada, el hall, las escaleras, los rellanos y los elevadores.
  • La Accesibilidad: se analiza la accesibilidad a la edificación para usuarios con incapacidad o movimiento limitado, evaluando la existencia de pasarelas, elevadores, barandillas y otros elementos imprescindibles.

En caso de que se encuentre deficiencias en alguno de esos puntos, se preparan fechas para su subsanación y se suministra un escrito con las actuaciones imprescindibles para garantizar la seguridad y mantenimiento del edificio.

¿Qué Edificios tienen Obligación de pasar la ITE?

Todos Inmuebles en en Navas de San Antonio se encuentran obligados a cumplir con la pertinente Inspección Técnica inmediatamente antes de los 45 años de antigüedad, la cual se refleja en el mismo catastro

Por otro lado, si es una vivienda con más de 45 años, deberían volver a pasar la ITE cada 10 años y comprobar de forma minuciosa de que no haya problemas.

Hay algunas edificios que, según las Leyes Municipales tienen la obligación de realizar la Inspección cada cierto tiempo, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar así como Plurifamiliar.

El Deber es para Edificios de más de 50 años, en vista de que la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Gobierno Municipal de la Localidad la que tiene la última palabra.

¿Qué pasa si un Edificio no tiene ITE?

En el caso de que una vivienda tiene por encima de 50 años hay que pasar la ITE de forma irrenunciable, pero en algunos Ayuntamientos hay distintas normativas que pueden variar los años de obligatoriedad.

Si deseas traspasar la vivienda y la misma tiene que pasar la ITE entonces te van a obligar que muestres el Certificado ITE, pero si hay un consenso entre comprador y vendedor con condiciones justificadas no se debería invalidar la compraventa.

En el caso de no proceder a la Inspección requerida, puede constituir unas sanciones muy considerables que van a supeditarse del Ayuntamiento en cuestión, pero podrían llegar particularmente entre 5 y 6 mil Euros.