¿Qué es la Inspección Técnica del Edificio o ITE?
La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Padilla de Abajo es una supervisión primordial que se realiza en Edificios con el objetivo de proteger la seguridad y el mantenimiento adecuado de las propiedades e instalaciones.
En este artículo, te mostramos por qué la ITE es fundamental, las ventajas, las partes que tienes que valorar y cómo ejecutar una evaluación adecuadamente. ¡Permanece leyendo para saber todo referente a este método fundamental!
El examen de la propiedad se realiza por profesionales cualificados que detectan potenciales defectos y concluirán la necesidad de soluciones
La inspección del edificio tiene como finalidad evaluar amenazas ligados a la seguridad de los edificios, la humedad en el edificio, la corrosión, aunque no abarca la identificación del diagnóstico de aluminosis.
¿Cuál es la diferencia entre ITE y IEE?
La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, a pesar de que, no son la misma cosa. No obstante déjame aclararte específicamente.
El cometido de la ITE es evaluar la condición de la edificación. Y la IEE revisa la accesibilidad y la gestión energética.
Recientemente, la revisión técnica de un bien inmueble se ha modernizado, contemplando la revisión de la estructura del edificio, además de la accesibilidad para personas con discapacidad, junto con el uso eficiente de la energía. Por consiguiente, actualmente se llama con el nombre de IEE para englobar todas estas mismas evaluaciones obligatorias.
¿En qué Consiste el Certificado ITE?
El Certificado ITE es un Informe que confirma el estado del Edificio y su cumplimiento con las normas de seguridad estructural, habitabilidad de la vivienda, y su entorno urbano.
Este Certificado es necesario entregarse en determinadas situaciones cuando una edificación cuenta con una antigüedad específica, y en ciertos lugares o zonas de España es imperativo.
En algunas ciudades de España dicho Certificado ITE se exige su presentación además mientras que se solicita la Licencia de Obra mayor o mientras que se solicitan Ayudas o Subvenciones para la Renovación de la estructura.
Un Certificado ITE presenta características de la Inspección de la firmeza del Inmueble, Medios de Protección contra Incendios, Instalación Eléctrica y Sanitaria
Este Certificado desempeña el papel de Escrito de consulta para la próxima Revisión y mantenimiento de un Edificio.
¿Qué sucede si un propietario no quiere hacer la ITE?
En todas las comunidades hay quienes no están conformes con aceptar los asuntos impuestos, pese a que sean establecidos de manera obligada.
El desconocimiento total de cómo funciona una ITE y creer que el costo será elevado, podría ser una razón para que un vecino se niegue a dar el visto bueno a una inspección técnica de edificios.
El Gobierno Municipal reclama a pasar la Inspección Técnica por los años del inmueble, de modo que el propietario no debería rechazarla ya que puede ser penalizado en caso afirmativo.
Algunas veces, un propietario no desea autorizar la Inspección puesto a que su Vivienda no está con los requisitos adecuados. A este respecto, el Técnico podría declinar el examen sin entrar al Inmueble o oponerse a confeccionar el Documento Escrito.
¿Quién costea la ITE de un Edificio?
La ITE de un Edificio la paga el Propietario del Inmueble o la Asociación de Vecinos, en el supuesto de que se trate de Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.
El Importe de una Inspección Técnica de Edificios puede oscilar a partir de los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más en base a las características de la Construcción o Piso.
En el caso de que no desee asumir el Importe de la Inspección Técnica de Edificios, imprescindible por el Gobierno Municipal, los vecinos que la hayan negado podrían ser objeto de una penalización valorada en 600 euros.
¿Quién paga la ITE de un edificio?
La Inspección Técnica de un Edificio la paga el Dueño del Edificio o la Comunidad de Propietarios, en el caso de que se trate de Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.
El Importe de una ITE puede oscilar a partir de los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más con arreglo a la condición de la Edificación o Vivienda.
En el supuesto de que no se quiera tributar la ITE, requerido por el Gobierno Municipal, se podría incurrir en una penalización de 600 Euros por Inmueble a aquellos vecinos que la han rechazado.
¿Cómo puedo averiguar si un edificio ha pasado la ITE?
Para conocer si el edificio ha efectuado la Inspección Técnica, debes comprobar los resultados fundamentados que se ofrecen luego de la evaluación. Esta declaración definirá si la construcción ha superado la verificación y si se han encontrado irregularidades.
Si no dispone del material informativo, puede acudir a la entidad pública pertinente, que es la que se encarga de finalizar y conservar las Inspecciones Técnicas de Edificios. Tal como dijimos antes que es vinculante ejecutar la inspección de edificios y que su ámbito de aplicación varía de región a región.
Por ejemplo:
En burgos, la Legislación de Evaluación de Edificios (IEE) precisa que debe efectuarse el Informe de Evaluación de Edificios cada década para edificios con más de cincuenta años de antigüedad.
En Cataluña debe ejecutarse cada decenio para construcciones de más de cuarenta y cinco años. En burgos cada década, para edificaciones superior a treinta años, al igual que en burgos.
¿Qué se comprueba en la ITE?
Se analiza la facilidad de acceso del edificio, para revisar si es de fácil tránsito para personas con desplazamiento limitado o incapacidad. En la ITE se verifican la arquitectura, la infraestructura, la cubierta, la fachada y las zonas comunes.
En la ITE se verifica la situación de los elementos siguientes de la construcción:
- El Acceso: se revisa la accesibilidad a la edificación para personas con impedimento o movilidad reducida, analizando la disponibilidad de rampas, ascensores, barandillas y otros componentes indispensables.
- Revestimiento y Cubierta: se comprueba el estado de preservación del exterior y el tejado, incluso del revestimiento, las repisas y las bajantes de agua pluvial.
- Infraestructuras: se comprueba la condición y desempeño del equipamiento del edificio, además de la electrificación, el agua, el gas y los sistemas de calefacción.
- Arquitectura: se revisa la estabilización y seguridad de la arquitectura de la construcción, incluido los elementos de carga, los cimientos, los forjados, las viguetas y los pilares.
- Zonas comunes: se analiza la situación de mantenimiento de los espacios comunes del edificio, como la entrada, el vestíbulo, las escaleras, los rellanos y los ascensores.
En el supuesto de que se encuentre deficiencias en alguno de esos componentes, se determinan fechas para su rehabilitación y se emite un escrito con las operaciones necesarias para preservar la seguridad y manutención de la edificación.
¿Qué edificios están obligados a pasar la ITE?
Todos Edificios en en Padilla de Abajo están obligados a pasar la adecuada Revisión Técnica inmediatamente antes de los 45 años de antigüedad, la cual está reflejada en el propio registro
Además, si es una vivienda con más de 45 años, habría que volver a pasar la ITE cada 10 años y comprobar con mucho cuidado de que no existan problemas.
Existen varios Edificios que, según la Normativa Municipal, deberían someterse a esa Evaluación cada cierta temporada, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar así como Vivienda Plurifamiliar.
El Deber es para Edificios de más de 50 años, ya que la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Gobierno Local de la Localidad la que dispone de la última palabra.
¿Qué pasa si un Edificio no tiene ITE?
Si una vivienda tiene más de 50 años debe pasar la ITE de forma obligatoria, pero en algunos Ayuntamientos hay ciertas normativas que pueden variar los años de requerimiento.
Si quieres traspasar la vivienda y la misma debe pasar la ITE entonces te van a requerir que presentes el Certificado ITE, no obstante si existe un pacto entre comprador y vendedor con acontecimientos justificados no se debería derogar la compraventa.
En el supuesto de no llevar a cabo la Inspección obligatoria, puede constituir unas sanciones realmente considerables que van a depender del Gobierno Municipal en cuestión, pero podrían llegar incluso entre 5000 y 6000 Euros.