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inspeccion tecnica de edificios Puente de Montañana

Artículo Actualizado a: septiembre 2024

¿Qué es la ITE o la Inspección Técnica del Edificio?

La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Puente de Montañana es una evaluación necesaria que se efectúa en Edificios con el objetivo de garantizar la seguridad y el adecuado cuidado de las propiedades e instalaciones.

En este post, te especificamos por qué la Inspección Técnica de Edificios es imprescindible, las ventajas, las partes que tienes que evaluar y cómo efectuar una evaluación convenientemente. ¡Permanece leyendo para saber todo referente a este método fundamental!

La supervisión de la edificación se lleva a cabo por especialistas que encuentran eventuales carencias y determinarán la conveniencia de realizar soluciones

La inspección del edificio tiene como objetivo examinar amenazas relacionados a la seguridad de las edificaciones, la humedad presente, la descomposición, aunque no incluye la detección de los síntomas de la aluminosis.

¿Qué diferencia hay entre una ITE y IEE?

La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, no obstante, no son sinónimos. No obstante déjame precisarte específicamente.

La ITE evalúa el estado general del bien inmueble. Y la IEE inspecciona la accesibilidad así como la eficacia energética.

Desde hace algunos años, la inspección técnica de un edificio se ha mejorado, englobando la inspección de la estructura del edificio, así como la accesibilidad, sumado a el ahorro energético. De ahí que, ahora se le denomina como IEE para incluir todas estas mismas evaluaciones requeridas.

¿Qué es un Certificado ITE?

El Certificado ITE es un Informe Técnico que corrobora la condición del Edificio y su cumplimiento de acuerdo con los criterios de seguridad, condiciones de habitabilidad, y el paisaje urbano.

Este documento debe ser presentado en algunas ocasiones cuando un edificio cuenta con un número de años desde su construcción, y en ciertas regiones o zonas de España es de carácter obligatorio.

En diversas poblaciones de nuestro País dicho Certificado ITE es necesario presentarlo aún cuando se pide una Licencia de Obra mayor o mientras que se piden Ayudas o Subvenciones para la Renovación de la construcción.

Ese Certificado ITE contiene características de la Inspección de la Robustez de la Edificación, Equipos de Prevención de Incendios, Instalación Eléctrica y de Saneamiento

El Certificado desempeña el papel de una evidencia de orientación para la futura Inspección y mantenimiento del Edificio.

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¿Qué pasa si un vecino no quiere hacer la ITE?

En la amplia mayoría de las Comunidades hay quienes no están conformes con aceptar los asuntos impuestos, a pesar de que sean establecidos de manera obligatoria.

El desconocimiento de lo que se ejecuta en una Inspección Técnica de Edificios y suponer que podría ser un coste considerable podría ser una de las razones por las que un propietario no esté de acuerdo a ejecutar la ITE.

La exigencia de pasar la ITE es porque te lo exige el Gobierno Municipal por los años del Edificio y el propietario no debería resistirse puesto que se puede perpetrar una multa.

Incluso puede que un propietario no quiere pasar la Inspección dado a que su Vivienda no está en las circunstancias correctas. El Técnico, en este caso, podría suscribir sin pasar a esa Vivienda o negarse a la materialización del Informe.

¿Quién costea la ITE de un Edificio?

La ITE de un Edificio la abona el Titular del Inmueble o la Asociación de Vecinos, en la medida en que sea Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.

La Tasa de una Revisión Técnica de Construcción puede variar desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según la Condición de la Edificación o Residencia.

En el escenario de que no se desee abonar la ITE, imprescindible por el Ayuntamiento, se podría incurrir en una penalización de 600 Euros por vivienda a aquellos vecinos que se han negado.

¿Quién paga la ITE de un edificio?

La ITE de un Edificio la abona el Dueño del Edificio o la Asociación de Vecinos, en el supuesto de que sea Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.

El Precio de una Revisión Técnica de Construcción puede oscilar desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según la Condición de la Edificación o Residencia.

En el escenario de que no pretenda asumir el Precio de la ITE, exigida por el Ayuntamiento, los propietarios que la hayan negado podrían ser objeto de una multa valorada en 600 euros.

¿Cómo puedo averiguar si un edificio ha pasado la ITE?

Para conocer si su edificio ha completado una Inspección Técnica de Edificio, tienes que evaluar los resultados confirmados que se proveen con posterioridad a la evaluación. Esta declaración apuntará si el edificio ha pasado la revisión y si se han identificado irregularidades.

Si no dispone de acceso al informe, puede consultar con el organismo público pertinente, ya que es la responsable de la materialización y anotación de las Inspecciones Técnicas de Edificios. Como hemos dicho con anterioridad, es vinculante la realización de la Inspección y que difiere de unas zonas a otras.

Por ejemplo:

En huesca, la Legislación de Evaluación de Edificios (IEE) define que debe ejecutarse un Examen de Evaluación de Edificios cada diez años para construcciones con más de cincuenta años de antigüedad.

En Catalunya debe efectuarse cada década para edificaciones de más de 45 años. En la Comunidad de huesca cada diez años, para construcciones de más de treinta años, lo mismo que en huesca.

¿Qué se examina en la ITE?

Se comprueba el acceso del edificio, para revisar si es de fácil tránsito para ciudadanos con movilidad reducida o impedimento. En la Inspección Técnica se analizan la estructura, las instalaciones, la cubierta, la fachada y los espacios comunes.

En la ITE se comprueba el estado de las zonas siguientes del edificio:

  • Revestimiento y Cubierta: se evalúa el estado de conservación de la fachada y el tejado, también del recubrimiento, las repisas y las bajantes de agua de lluvia.
  • Estructura: se comprueba la estabilización y seguridad de la arquitectura de la edificación, inclusive los componentes de carga, los cimientos, los forjados, las vigas y los pilares.
  • Instalaciones: se evalúa la condición y funcionamiento de las instalaciones del edificio, entre otras cosas la electricidad, el agua, el gas y los mecanismos de acondicionamiento del aire.
  • El Acceso: se analiza el acceso al edificio para usuarios con discapacidad o movimiento limitado, verificando la disponibilidad de pasarelas, elevadores, pasamanos y otros componentes necesarios.
  • Espacios Comunes: se verifica la situación de conservación de las zonas comunes de la construcción, como la entrada, el vestíbulo, las escaleras, los pasillos y los elevadores.

En caso de que se localice desperfectos en cualquiera de estos elementos, se determinan plazos para su subsanación y se emite un informe con las actuaciones fundamentales para garantizar la seguridad y conservación de la edificación.

¿Qué Edificios tienen Obligación de pasar la ITE?

Todos Edificios en en Puente de Montañana están requeridos a completar la adecuada Inspección Técnica antes de los 45 años de antigüedad, la cual se halla incorporada en el mismo catastro

Por otro lado, si es una vivienda que tiene más de 45 años, habría que volver a pasar la ITE cada 10 años y comprobar de forma minuciosa de que no se detectan problemas.

Hay unos cuantos Edificios que, según la Normativa Municipal, deben pasar esa Inspección cada cierta temporada, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar así como Vivienda Plurifamiliar.

La Obligación es para Edificios de más de 50 años, dado que la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Ayuntamiento de la Ciudad la que mantiene la última palabra.

¿Qué ocurre si un Edificio no posee la ITE?

Si una vivienda tiene por encima de 50 años tiene que pasar la ITE de forma requerida, pero en ciertos Ayuntamientos hay varias normativas que pueden diferir los años de obligatoriedad.

Si deseas vender la vivienda y la misma debe pasar la ITE entonces te van a requerir que remitas el Certificado ITE, no obstante si hay un acuerdo entre comprador y vendedor con causas justificadas no se debería revocar la compraventa.

En el caso de no realizar esta Inspección obligatoria, puede entrañar unas penalizaciones bastante sustanciales que van a depender del Ayuntamiento en cuestión, pero podrían llegar probablemente entre 5 y 6 mil Euros.