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inspeccion tecnica de edificios Rubena

Artículo Actualizado a: diciembre 2025

¿Qué es la Inspección Técnica del Edificio o ITE?

La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Rubena es una evaluación necesaria que se ejecuta en Edificios con el propósito de velar por la protección y el correcto mantenimiento de las edificaciones e instalaciones.

En este artículo, te mostramos por qué la ITE es esencial, los beneficios, los componentes que hay que valorar y cómo efectuar una evaluación debidamente. ¡Continua leyendo para saber todo respecto a esta práctica esencial!

La revisión de la construcción se realiza por expertos que encuentran posibles problemas y decidirán la conveniencia de realizar soluciones

La auditoría de la construcción tiene como propósito inspeccionar riesgos asociados a la seguridad de la estructura, la presencia de humedad, la corrosión, aunque no contempla la identificación de problemas de aluminosis.

¿Cuál es la diferencia entre IEE y ITE?

La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque parezca, no son la misma cosa. No obstante quiero precisarte específicamente.

El alcance de la ITE es evaluar el mantenimiento de la estructura. Y la IEE considera la accesibilidad y la eficiencia energética.

En los últimos tiempos, la verificación de una construcción se ha mejorado, englobando la evaluación de la propia construcción, sumado a la accesibilidad, junto con el ahorro energético. De ahí que, ahora se llama bajo el nombre de IEE para abarcar todos estas tareas indispensables.

¿Qué es un Certificado ITE?

El Certificado ITE es un Informe Técnico que valida el estado del inmueble y su cumplimiento con los reglamentos de seguridad, habitabilidad de la vivienda, y el paisaje urbano.

Este Certificado es necesario presentarse en ciertas circunstancias cuando un inmueble posee cierto tiempo de antigüedad, y en algunas provincias o lugares de España es obligatorio.

En diversas ciudades de España el Certificado ITE es necesario presentarlo además cuando se solicita una Licencia de Obra mayor o mientras que se tramitan Ayudas o Subvenciones para la Rehabilitación del edificio.

Un Certificado ITE contiene información acerca de la Inspección de la Estabilidad del Edificio, Sistemas de Extinción de Incendios, Tendido Eléctrico y Sanitaria

Este Certificado actúa como un Expediente de consulta para la próxima Supervisión y mantenimiento del Edificio.

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¿Cuánto se demora en realizar una ITE?

El tiempo de duración de una Inspección Técnica de Edificios (ITE) usualmente varía entre 2 y 4 horas, en función de muchas circunstancias como la magnitud, la edad y la complicación del edificio. Sin embargo, en algunos casos este tiempo puede incrementarse.

El procedimiento de la ITE entraña una evaluación exhaustiva de la calidad de mantenimiento y protección del edificio, por lo cual se requiere un tiempo apropiado para poder someterse a todas las inspecciones requeridas.

Para garantizar un análisis más preciso de la situación del edificio, es posible que de vez en cuando se necesiten comprobaciones como estudios de materiales o mediciones de higrometría, eso podría extender la duración del análisis.

El Perito correspondiente redacta el Informe tras la evaluación, se entrega en el Gobierno Municipal al ser firmado, lo que hace que el proceso se extienda alrededor de tres semanas.

¿Qué Edificios tienen Obligación de pasar la ITE?

Todos Edificios en en Rubena se encuentran obligados a cumplir con la correspondiente ITE antes de los 45 años de antigüedad, la cual está reflejada en el mismo catastro

Además, si es una vivienda que tiene más de 45 años, deberían volver a pasar la Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar exhaustivamente de que no se detectan problemas.

Hay algunos edificios que, según las Leyes Municipales tienen la obligación de realizar la Inspección cada cierta temporada, ya sea si se trata de una Vivienda Unifamiliar como Vivienda Plurifamiliar.

La Obligación es para Edificios de más de 50 años, por cuanto la Normativa Estatal así lo exige, pero es la Administración Local de la Localidad la que cuenta con la última palabra.

¿Quién costea la ITE de un Edificio?

La ITE de un Edificio la paga el Dueño del Edificio o la Comunidad de Propietarios, en la medida en que sea Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.

La Tasa de una Revisión Técnica de Construcción puede oscilar desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según la Condición de la Edificación o Residencia.

En el supuesto de que no se desee liquidar la ITE, obligatoria por el Gobierno Municipal, se podría incurrir en una sanción de 600 Euros por Inmueble a aquellos propietarios que la han rechazado.

¿Qué ocurre si un propietario no quiere pasar la ITE?

En la mayoría de las comunidades normalmente hay vecinos que no están de acuerdo con las cuestiones que se deben ejercer, aunque sean obligatorias.

El entendimiento limitado de cómo funciona una ITE y sospechar que el desembolso será elevado, podría ser una razón para que un vecino se niegue a dar el visto bueno a una ITE.

El Gobierno Municipal obliga a pasar la ITE debido a los años del Edificio, por lo cual el vecino no debería oponerse ya que puede ser sancionado en caso afirmativo.

Ocasionalmente, un vecino se niega a permitir la Evaluación Técnica de la Edificación ya que su Piso no está con los requisitos adecuados. En este sentido, el Técnico podría oponerse a el examen sin entrar al Inmueble o declinar el confeccionar el Documento Escrito.

¿Cómo puedo saber si un edificio ha hecho la ITE?

Para saber si el edificio ha pasado la Inspección Técnica de Edificio, tienes que analizar los resultados documentados que se otorgan seguidamente a la inspección. Esta declaración precisará si la edificación ha superado la inspección y si se han identificado irregularidades.

Si no dispone del material informativo, puede ir a la entidad pública responsable, que es la que se encarga de finalizar y archivar las ITE. Como hemos mencionado antes que es obligado ejecutar la revisión técnica de edificios y que su alcance varía de región a región.

En concreto:

La Regulación IEE en burgos determina que el Informe de Evaluación de Edificios (IEE) debe ser llevado a cabo cada decenio para las construcciones que posean más de 50 años de antigüedad.

En Catalunya tiene que efectuarse cada década para construcciones superior a 45 años. En la Comunidad de burgos cada decenio, para construcciones de más de treinta años, lo mismo que en burgos.

¿Qué se analiza en la ITE?

Se evalúa la accesibilidad del inmueble, para analizar si es de fácil tránsito para personas con movilidad reducida o impedimento. En la ITE se verifican la arquitectura, la infraestructura, la cubierta, el exterior y las zonas comunes.

Específicamente, en la ITE se comprueba el estado de las posteriores partes de la construcción:

  • Arquitectura: se verifica la estabilidad y protección de la arquitectura de la edificación, inclusive los elementos de carga, las cimentaciones, los elementos estructurales, las vigas y las columnas.
  • Espacios Comunes: se comprueba el estado de mantenimiento de las zonas comunes de la construcción, como la entrada, el vestíbulo, las escaleras, los rellanos y los ascensores.
  • Fachada y Cubierta: se comprueba la situación de preservación del exterior y el tejado, asimismo del revestimiento, las repisas y las bajantes de agua pluvial.
  • El Acceso: se evalúa la facilidad de acceso al edificio para usuarios con minusvalidez o desplazamiento reducido, evaluando la disponibilidad de pasarelas, ascensores, barandillas y otros componentes requeridos.
  • Infraestructuras: se comprueba la condición y comportamiento del equipamiento del edificio, además de la energía eléctrica, el agua, el gas y los mecanismos de climatización.

En caso de que se encuentre desperfectos en alguno de esos componentes, se precisan plazos para su corrección y se formula un informe con las operaciones obligatorias para procurar la seguridad y conservación de la construcción.

¿Qué pasa si un Edificio no tiene ITE?

En el caso de que una vivienda tiene por encima de 50 años hay que pasar la ITE de forma requerida, pero en diversos Ayuntamientos hay varias normativas que pueden variar los años de requerimiento.

Si pretendes traspasar una vivienda y la misma le hace falta iniciar la ITE entonces te van a requerir que aportes el Certificado ITE, pero si posees un consenso entre comprador y vendedor con acontecimientos justificados no se debería derogar la compraventa.

En el supuesto de no realizar esta Inspección obligatoria, puede suponer unas sanciones bastante considerables que van a estar sujetas del Gobierno Municipal en cuestión, pero podrían llegar posiblemente hasta los 6000 euros.