¿Qué es la Inspección Técnica del Edificio o ITE?
La ITE o Inspección Técnica de Edificios en San Miguel del Cinca es una verificación obligatoria que se ejecuta en Edificios con la meta de velar por la integridad y el mantenimiento adecuado de las construcciones e instalaciones.
¡Conoce todo referente a esta práctica vital leyendo este post! Te mostramos las ventajas, los componentes medibles y cómo realizar una Inspección correctamente, para que entiendas por qué la Inspección Técnica de Edificios es esencial.
La evaluación técnica del edificio se ejecuta por técnicos calificados que identifican posibles debilidades y concluirán la necesidad de ajustes
La revisión técnica del inmueble tiene como propósito revisar peligros asociados a la seguridad de las construcciones, la presencia de humedad ambiental, la degradación, aunque no incluye la detección de los síntomas de la aluminosis.
¿Qué diferencia hay entre una IEE y ITE?
La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque parezca, no son la misma cosa. Pero quiero explicarte específicamente.
El objetivo de la ITE es evaluar la condición de la construcción. Y la IEE investiga la accesibilidad para personas con discapacidad y la optimización energética.
En los últimos años, la revisión técnica de un bien inmueble se ha modernizado, englobando la evaluación de la propia construcción, junto con la accesibilidad, sumado a la gestión energética. Por tanto, actualmente se llama con el nombre de IEE para contemplar todas estas mismas procesos imprescindibles.
¿En qué Consiste el Certificado ITE?
El Certificado ITE es un Informe que certifica la condición de la construcción y su cumplimiento según los reglamentos de seguridad estructural, habitabilidad, y el contexto urbano.
Este Certificado debe presentarse en ciertas circunstancias cuando un inmueble tiene una antigüedad específica, y en ciertos lugares o localidades de España es imperativo.
En varias localidades de España dicho Certificado ITE es necesario presentarlo incluso mientras que se tramita la Licencia de Obra mayor o cuando se solicitan Ayudas o Subvenciones para la Rehabilitación de la estructura.
Este Certificado ITE tiene especificaciones de el Estudio de la Integridad Estructural, Dispositivos de Seguridad contra Incendios, Dispositivos Eléctricos y de Saneamiento
El Certificado cumple con la finalidad de una prueba de orientación para la próxima Supervisión y cuidado del Inmueble.
¿Qué pasa si un propietario no quiere hacer la ITE?
En todos los edificios hay quienes no están conformes con aceptar los asuntos impuestos, aún cuando sean establecidos de manera obligatoria.
El entendimiento limitado de cómo se realiza una Inspección Técnica de Edificio y pensar que el precio será elevado, podría ser un motivo para que un vecino se resista a aprobar una ITE.
La obligación de pasar la Inspección Técnica es porque te lo solicita el Gobierno Municipal por los años de la Construcción y el propietario no debería oponerse ya que se puede perpetrar una multa.
Algunas veces, un vecino no desea autorizar la Evaluación Técnica de la Edificación debido a que su Piso no está con los requisitos adecuados. A este respecto, el Técnico podría rehusar la inspección sin entrar al Inmueble o oponerse a confeccionar el Reporte Oficial.
¿Quién costea la ITE de un Edificio?
Esta ITE de un Edificio la paga el Dueño del Edificio o la Asociación de Vecinos, en el supuesto de que sea Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.
El Importe de una Revisión Técnica de Construcción puede oscilar desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según las características de la Edificación o Residencia.
En el caso de que no quiera asumir el Precio de la ITE, obligatoria por el Ayuntamiento, los vecinos que la hayan rechazado podrían ser objeto de una multa valorada en 600 euros.
¿Quién costea la ITE de un Edificio?
La Inspección Técnica de un Edificio la paga el Titular del Edificio o la Comunidad de Propietarios, en el supuesto de que sea Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.
El Importe de una ITE puede oscilar a partir de los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más en base a las características de la Edificación o Piso.
En el caso de que no pretenda asumir el Importe de la ITE, exigida por el Gobierno Municipal, los vecinos que la hayan rechazado podrían ser objeto de una multa cuantificada en 600 euros.
¿Cómo puedo saber si un edificio ha hecho la ITE?
Para enterarse si el edificio ha efectuado una Inspección Técnica de Edificio, tienes que comprobar los resultados confirmados que se otorgan con posterioridad a la inspección. Esta documentación informará si la edificación ha pasado la evaluación y si se han detectado irregularidades.
Si no dispone del documento informativo, puede acudir a la entidad pública encargada, que es la que se encarga de finalizar y archivar las Inspecciones Técnicas de Edificios. Tal como dijimos antes que es obligatorio efectuar la evaluación de edificios y que su alcance varía de unas zonas a otras.
De este modo:
La Regulación IEE en huesca determina que la ITE tiene que ser ejecutado cada década para las construcciones que tengan más de 50 años de edad.
En Catalunya tiene que ejecutarse cada decenio para construcciones de más de 45 años. En la Comunidad de huesca cada diez años, para construcciones de más de 30 años, lo mismo que en huesca.
¿Qué se comprueba en la ITE?
Se verifica el acceso del edificio, para verificar si es de cómodo tránsito para ciudadanos con movimiento limitado o incapacidad. En la Inspección Técnica se analizan la arquitectura, las instalaciones, la cubierta, el exterior y los espacios comunes.
En particular, en la Inspección Técnica de Edificio se evalúa la condición de las posteriores zonas de la edificación:
- Fachada y Cubierta: se evalúa la situación de mantenimiento de la fachada y la cubierta, también del envolvente, las juntas y las bajantes de agua pluvial.
- Instalaciones: se verifica la condición y funcionamiento de las instalaciones del edificio, además de la electricidad, el agua, el gas y los sistemas de acondicionamiento del aire.
- Arquitectura: se evalúa la estabilidad y seguridad de la estructura de la edificación, incluido los componentes de carga, las cimentaciones, los elementos estructurales, las vigas y los pilares.
- La facilidad de Acceso: se verifica la facilidad de acceso al edificio para personas con impedimento o movilidad reducida, analizando la existencia de pasarelas, elevadores, barandillas y otros componentes imprescindibles.
- Espacios Comunes: se analiza el estado de mantenimiento de los espacios comunes de la construcción, como el portal, el hall, las escaleras, los pasillos y los elevadores.
Si se identifican deficiencias en alguno de estos componentes, se elaboran los plazos de regularización y se elabora una memoria con las operaciones fundamentales para garantizar la protección y mantenimiento inmueble.
¿Qué Edificios tienen Obligación de pasar la ITE?
Cada uno de los Edificios en en San Miguel del Cinca se encuentran requeridos a cumplir con la pertinente Inspección Técnica inmediatamente antes de los 45 años de edad, la cual se halla incorporada en el mismo catastro
Por otro lado, si es una vivienda con más de 45 años, sería recomendable volver a pasar una Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar de forma minuciosa de que no haya problemas.
Hay algunas edificios que, según las Leyes Municipales deberían pasar la Evaluación cada lapso de tiempo, ya sea si se trata de una Vivienda Unifamiliar así como Plurifamiliar.
La Exigencia es para Edificios de más de 50 años, debido a que la Normativa Estatal así lo exige, pero es la Administración Local de la Ciudad la que posee la última palabra.
¿Qué pasa si un Edificio no tiene ITE?
Cuando una vivienda tiene más de 50 años debe pasar la ITE de forma irrenunciable, pero en diversos Ayuntamientos hay algunas normativas que pueden variar los años de requerimiento.
Si necesitas traspasar una vivienda y la misma necesita iniciar la ITE entonces te van a obligar que aportes el Certificado ITE, pero si hay un pacto entre comprador y vendedor con causas justificadas no se debería negar la compraventa.
En el supuesto de no realizar esta Inspección imperativa, puede involucrar unas penalizaciones muy sustanciales que van a depender del Ayuntamiento en cuestión, pero podrían llegar particularmente hasta 6 mil Euros.