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inspeccion tecnica de edificios Señera

Artículo Actualizado a: junio 2024

¿Qué es la Inspección Técnica del Edificio o ITE?

La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Señera es una supervisión primordial que se realiza en Edificios con la finalidad de garantizar la seguridad y el adecuado cuidado de las propiedades e instalaciones.

¡Conoce todo respecto a esta práctica vital leyendo este post! Te especificamos las ventajas, las partes evaluables y cómo realizar una Evaluación debidamente, para que entiendas por qué la ITE es fundamental.

La evaluación técnica del edificio se efectúa por profesionales cualificados que identifican posibles problemas y establecerán la oportunidad de efectuar soluciones

La valoración del edificio persigue revisar amenazas vinculados a la seguridad de la construcción, la humedad presente, el deterioro, pero no cubre la detección de la existencia de aluminosis.

¿Cuál es la diferencia entre IEE y ITE?

La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque pueda parecer, no son la misma cosa. No obstante voy a precisarte específicamente.

La ITE evalúa el estado de conservación del edificio. Y la IEE observa la accesibilidad para personas con discapacidad así como la eficiencia energética.

Desde hace algunos años, la verificación de una construcción se ha perfeccionado, englobando la revisión del edificio en sí mismo, sumado a la accesibilidad, junto con la optimización energética. Así que, ahora se llama bajo el nombre de IEE para contemplar todos estas inspecciones necesarias.

¿Qué es un Certificado ITE?

El Certificado ITE es un Informe que confirma la situación de la edificación y su cumplimiento según los criterios de seguridad, habitabilidad, y el paisaje urbano.

Este documento tiene que entregarse en determinadas situaciones cuando un inmueble cuenta con una antigüedad específica, y en determinadas o lugares de España es exigido por ley.

En algunas poblaciones de España el Certificado ITE se exige su presentación aún cuando se solicita una Licencia de Obra mayor o cuando se tramitan Ayudas o Subvenciones para la Renovación de la estructura.

Ese Certificado ITE incluye descripción minuciosa de la Evaluación de la firmeza del Inmueble, Equipos de Prevención de Incendios, Infraestructura Eléctrica y Sanitaria

El Certificado funciona como un Expediente de referencia para la Inspección siguiente y cuidado del Inmueble.

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¿Qué sucede si un propietario no quiere pasar la ITE?

En todas las comunidades habitualmente hay personas que no están en consonancia con las cosas que se tienen que efectuar, aunque sean obligadas.

La ignorancia de lo que se hace en una ITE y suponer que podría ser un desembolso considerable podría ser una de las causas por las que un vecino no esté conforme a pasar la ITE.

El Ayuntamiento insta a pasar la Inspección Técnica por los años del Edificio, por ese motivo el propietario no debería rechazarla ya que puede ser sancionado en caso afirmativo.

Muchas veces, un propietario no quiere autorizar la ITE porque su Apartamento no está con las características adecuadas. En este sentido, el Técnico podría refutar la inspección sin entrar al Inmueble o desechar el materializar el Informe.

¿Quién costea la ITE de un Edificio?

La Inspección Técnica del Edificio la abona el Dueño del Edificio o la Asociación de Vecinos, en la medida en que sea Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.

El Costo de una ITE puede variar desde los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más según la condición del Edificio o Piso.

En el supuesto de que no se desee reembolsar la ITE, exigido por el Gobierno Municipal, se podría incurrir en una sanción de 600 Euros por vivienda a aquellos vecinos que se han negado.

¿Quién costea la ITE de un Edificio?

La ITE de un Edificio la abona el Dueño del Inmueble o la Comunidad de Propietarios, en el caso de que se trate de Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.

El Importe de una ITE puede variar a partir de los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más dependiendo de la naturaleza de la Construcción o Piso.

En el supuesto de que no pretenda asumir la Tasa de la ITE, exigida por el Gobierno Municipal, los propietarios que la hayan rechazado podrían ser objeto de una multa valorada en 600 euros.

¿Cómo puedo averiguar si un edificio ha hecho la ITE?

Para saber si su edificio ha realizado una ITE, tienes que revisar los resultados documentados que se proveen a continuación de la evaluación. Esta documentación definirá si la construcción ha pasado la evaluación y si se han observado irregularidades.

Si no dispone del material informativo, puede ir a la entidad pública pertinente, que es la responsable de completar y archivar las Inspecciones Técnicas de Edificios. Como hemos dicho anteriormente que es vinculante ejecutar la evaluación de edificios y que su ámbito de aplicación varía de unas localidades a otras.

De este modo:

La Reglamentación IEE en Asturias determina que la Inspección Técnica de Edificios (ITE) debe ser ejecutado cada diez años para las construcciones que acumulen más de 50 años de edad.

En Cataluña debe efectuarse cada década para edificaciones de más de cuarenta y cinco años. En la Comunidad de valencia cada decenio, para edificaciones superior a 30 años, tal como en valencia.

¿Qué se comprueba en la ITE?

A lo largo de la ITE se verifican varios aspectos de la construcción, entre ellos la arquitectura, las instalaciones, la fachada, la cubierta y las zonas comunes. Asimismo se verifica el acceso del edificio, en pocas palabras, si es fácilmente transitable para personas con impedimento o movilidad reducida.

En la Inspección Técnica de Edificio se comprueba la situación de las partes siguientes del edificio:

  • Infraestructuras: se analiza la situación y funcionamiento de las instalaciones del edificio, así como la electrificación, el agua, el gas y los dispositivos de calefacción.
  • Espacios Comunes: se evalúa la situación de conservación de las zonas comunes de la edificación, como el portal, el hall, las escaleras, los pasillos y los ascensores.
  • La facilidad de Acceso: se comprueba el acceso a la edificación para personas con minusvalía o movimiento limitado, evaluando la presencia de pasarelas, elevadores, barandillas y otros elementos obligatorios.
  • Revestimiento y Cubierta: se evalúa el estado de preservación de la fachada y la cubierta, incluso del recubrimiento, las juntas y las bajantes de agua pluvial.
  • Arquitectura: se revisa la estabilización y seguridad de la arquitectura de la construcción, incluido los componentes de carga, los cimientos, los elementos estructurales, las vigas y los pilares.

Si se descubren deficiencias en alguno de estos elementos, se elaboran los tiempos de subsanación y se emite un escrito con las ejecuciones fundamentales para facilitar la seguridad y mantenimiento inmueble.

¿Qué edificios están obligados a pasar la ITE?

Todos Inmuebles en en Señera están requeridos a completar la adecuada Revisión Técnica antes de los 45 años de antigüedad, la cual se refleja en el mismo registro

Además, si es una vivienda que tiene más de 45 años, deberían volver a pasar la Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar exhaustivamente de que no aparezcan problemas.

Existen unos cuantos edificios que, según la Normativa Municipal deben pasar la Inspección cada cierta temporada, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar como Vivienda Plurifamiliar.

La Obligación es para Edificios de más de 50 años, puesto que la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Ayuntamiento de la Localidad la que tiene la última palabra.

¿Qué ocurre si un Edificio no posee la ITE?

Si una vivienda tiene por encima de 50 años obligan a pasar la ITE de forma requerida, pero en determinados Ayuntamientos hay ciertas normativas que pueden alterar los años de obligatoriedad.

Si necesitas traspasar una vivienda y la misma tiene que iniciar la ITE entonces te van a instar que proporciones el Certificado ITE, ahora bien si posees un acuerdo entre comprador y vendedor con circunstancias justificadas no se debería invalidar la compraventa.

En el supuesto de no llevar a cabo la Inspección imperativa, puede entrañar unas multas bastante sustanciales que van a estar sujetas del Ayuntamiento en cuestión, pero podrían llegar posiblemente entre 5000 y 6000 Euros.