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inspeccion tecnica de edificios Sotillo de la Ribera

Artículo Actualizado a: junio 2024

¿Qué es la ITE o la Inspección Técnica del Edificio?

La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Sotillo de la Ribera es un control indispensable que se realiza en Edificios con la meta de proteger la integridad y el correcto mantenimiento de las edificaciones e instalaciones.

¡Descubre todo referente a esta práctica imprescindible leyendo este post! Te especificamos las ventajas, los componentes evaluables y cómo realizar una Evaluación correctamente, para que entiendas por qué la ITE es imprescindible.

La comprobación del inmueble se efectúa por técnicos que encuentran posibles anomalías y evaluarán la oportunidad de efectuar mejoras

El análisis de la propiedad busca analizar riesgos asociados a la seguridad de la construcción, la humedad presente, la corrosión, no obstante no cubre la detección de la patología de la aluminosis.

¿Qué diferencia hay entre una ITE y IEE?

La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque parezca, no es lo mismo. Pero voy a precisarte concretamente.

La finalidad de la ITE es evaluar el estado de conservación de la estructura. Y la IEE revisa la accesibilidad y la eficacia energética.

Recientemente, la evaluación de un edificio se ha actualizado, incorporando la inspección del edificio en sí mismo, así como la adaptabilidad, sumado a el consumo energético. De este modo, ahora se le denomina con el nombre de IEE para contemplar todos estas procesos indispensables.

¿Qué es un Certificado ITE?

El Certificado ITE es un Escrito Oficial que valida la condición de la construcción y su cumplimiento con la normativa sobre seguridad, habitabilidad urbana, y las condiciones urbanas.

Este informe tiene que mostrarse en algunos casos cuando un inmueble posee un cierto tiempo desde su construcción, y en algunas provincias o zonas de España es obligatorio.

En diversas poblaciones de España el Certificado ITE se exige su presentación aún mientras que se solicita una Licencia de Obra mayor o mientras que se tramitan Ayudas o Subvenciones para la Rehabilitación de la construcción.

El Certificado ITE muestra análisis completo de la Revisión de la Resistencia de la Construcción, Dispositivos Antiincendios, Red de Suministro Eléctrico y Sanitaria

El Certificado cumple con la finalidad de una prueba de referencia para la próxima Revisión y conservación de la Construcción.

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¿Qué ocurre si un vecino no quiere pasar la ITE?

En la amplia mayoría de las comunidades normalmente hay vecinos que no están en consonancia con las cuestiones que se tienen que ejercer, aún cuando sean obligatorias.

El desconocimiento de lo que se ejecuta en una ITE y sospechar que podría ser un precio importante podría ser una de las razones por las que un propietario no esté de acuerdo a realizar la ITE.

El Gobierno Municipal impone a pasar la Inspección Técnica debido a los años de la Construcción, de modo que el vecino no debería resistirse ya que puede ser multado si lo hace.

De vez en cuando, un vecino no desea aprobar la Inspección Técnica de Edificio debido a que su Casa no está con los requisitos adecuados. Dadas las circunstancias, el Técnico podría oponerse a el examen sin visitar el Inmueble o oponerse a materializar el Informe.

¿Quién costea la ITE de un Edificio?

Esta Inspección Técnica del Edificio la abona el Titular del Inmueble o la Comunidad de Propietarios, en el supuesto de que sea Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.

El Precio de una Inspección Técnica de Edificios puede diferir desde los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más con arreglo a la condición de la Edificación o Piso.

En el caso de que no intente asumir la Tasa de la Inspección Técnica de Edificios, imprescindible por el Ayuntamiento, los propietarios que la hayan rechazado podrían ser objeto de una multa valorada en 600 euros.

¿Quién costea la ITE de un Edificio?

La Inspección Técnica de un Edificio la abona el Titular del Edificio o la Asociación de Vecinos, en el supuesto de que sea Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.

La Tasa de una Inspección Técnica de Edificios puede oscilar a partir de los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más en función de la naturaleza de la Construcción o Piso.

En el escenario de que no se intente tributar la Inspección Técnica de Edificios, obligatoria por el Gobierno Municipal, se podría incurrir en una sanción de 600 Euros por Inmueble a aquellos propietarios que la han rechazado.

¿Cómo puedo saber si un edificio ha hecho la ITE?

Para enterarse si el edificio ha realizado una ITE, tienes que comprobar el expediente el cual se entrega al cabo de la auditoría. En dicha documentación se definirá si el edificio ha superado la inspección y si se han identificado deficiencias.

Si no dispone de acceso a la documentación, puede averiguar con la administración pública competente, puesto que es la responsable de la materialización y anotación de las Inspecciones Técnicas. Como hemos mencionado antes, es vinculante la puesta en práctica de la inspección técnica de edificios y que difiere de unas localidades a otras.

Por ejemplo:

La Legislación IEE en burgos define que la Inspección Técnica de Edificios (ITE) tiene que ser desempeñado cada década para las edificaciones que posean más de 50 años de edad.

En Cataluña, la revisión debe realizarse cada década para construcciones con una edad de más de 45 años. Al mismo tiempo que en burgos y burgos, se necesita una evaluación cada diez años para aquellos edificios que superen los 30 años.

¿Qué se inspecciona en la ITE?

Durante la Inspección Técnica se evalúan varios componentes de la edificación, tal como la arquitectura, la infraestructura, el exterior, el tejado y los espacios comunes. Además se examina el acceso de la edificación, así pues, si es correctamente transitable para ciudadanos con impedimento o movimiento limitado.

Concretamente, en la Inspección Técnica de Edificio se comprueba el estado de las posteriores zonas de la construcción:

  • Revestimiento y Tejado: se comprueba la situación de preservación de la fachada y la cubierta, incluso del recubrimiento, las repisas y las cañerías de agua de lluvia.
  • Arquitectura: se comprueba la estabilización y seguridad de la estructura de la edificación, inclusive los elementos de carga, los cimientos, los elementos estructurales, las viguetas y los pilares.
  • Instalaciones: se analiza el estado y funcionamiento del equipamiento de la construcción, al igual que la energía, el agua, el gas y los mecanismos de calefacción.
  • La facilidad de Acceso: se revisa la accesibilidad a la edificación para ciudadanos con minusvalía o movilidad reducida, evaluando la presencia de pasarelas, ascensores, pasamanos y otros elementos fundamentales.
  • Zonas comunes: se evalúa la condición de conservación de los espacios comunes de la edificación, como el portal, el vestíbulo, las escaleras, los rellanos y los ascensores.

En el supuesto de que se identifique defectos en cualquiera de esos componentes, se determinan plazos de tiempo para su rehabilitación y se formula un escrito con las intervenciones decisivas para proteger la protección y manutención del edificio.

¿Qué edificios están obligados a pasar la ITE?

Todos Inmuebles en en Sotillo de la Ribera se encuentran requeridos a completar la adecuada Inspección Técnica inmediatamente antes de los 45 años de antigüedad, la cual se halla incorporada en el mismo catastro

Además, si es una vivienda que tiene más de 45 años, habría que volver a pasar la Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar de forma minuciosa de que no se detectan problemas.

Existen algunas edificios que, según las Leyes Municipales deben someterse a la Evaluación cada cierta temporada, ya sea si se trata de una Vivienda Unifamiliar así como Plurifamiliar.

El Deber es para Edificios de más de 50 años, en vista de que la Normativa Estatal así lo exige, pero es la Administración Local de la Localidad la que tiene la última palabra.

¿Qué ocurre si un Edificio no posee la ITE?

En el caso de que una vivienda tiene por encima de 50 años tiene que pasar la ITE de forma requerida, pero en ciertos Ayuntamientos hay distintas normativas que pueden cambiar los años de requerimiento.

Si necesitas liquidar una vivienda y la misma debe pasar la ITE entonces te van a obligar que muestres el Certificado ITE, ahora bien si existe un pacto entre comprador y vendedor con acontecimientos justificados no se debería anular la compraventa.

En caso de no proceder a la Inspección obligatoria, puede constituir unas penalizaciones muy graves que van a supeditarse del Gobierno Municipal en cuestión, pero podrían llegar posiblemente hasta los 6000 euros.