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inspeccion tecnica de edificios Sotillo

Artículo Actualizado a: septiembre 2024

¿Qué es la Inspección Técnica del Edificio o ITE?

La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Sotillo es una verificación obligatoria que se ejecuta en Edificios con el propósito de velar por la integridad y el mantenimiento adecuado de las construcciones e instalaciones.

En este post, te describimos por qué la ITE es primordial, los beneficios, los elementos que hay que comprobar y cómo hacer una evaluación correctamente. ¡Permanece leyendo para descubrir todo referente a esta práctica imprescindible!

La supervisión de la edificación se efectúa por profesionales cualificados que identifican eventuales imperfecciones y juzgarán si es necesario realizar acondicionamientos

El análisis de la propiedad tiene como objetivo examinar peligros vinculados a la seguridad de la estructura, la humedad en la edificación, la erosión, no obstante no cubre la detección del diagnóstico de aluminosis.

¿Cuál es la diferencia entre ITE y IEE?

La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque, no son sinónimos. Pero quiero precisarte específicamente.

El alcance de la ITE es evaluar el estado general de la vivienda. Y la IEE considera la accesibilidad para personas con discapacidad así como la eficiencia en el uso de la energía.

Desde hace algunos años, la evaluación de un edificio se ha optimizado, englobando la evaluación de la propiedad en sí misma, así como la accesibilidad, incluyendo la eficiencia en el uso de la energía. De ahí que, actualmente se conoce con el nombre de IEE para contemplar todos estas mismas evaluaciones obligatorias.

¿Qué es un Certificado ITE?

El Certificado ITE es un Documento que valida la condición del Edificio y su cumplimiento con los criterios de seguridad en la construcción, habitabilidad de la vivienda, y las condiciones urbanas.

Este informe debe presentarse en algunas ocasiones cuando una edificación cuenta con una antigüedad específica, y en ciertas regiones o lugares de España es de carácter obligatorio.

En varias ciudades de nuestro País dicho Certificado ITE se exige su presentación incluso cuando se pide una Licencia de Obra mayor o cuando se solicitan Ayudas o Subvenciones para la Renovación del edificio.

Un Certificado ITE presenta detalles como la Evaluación de la Robustez de la Edificación, Equipos de Prevención de Incendios, Red de Suministro Eléctrico y de Saneamiento

El Certificado cumple con la finalidad de una prueba de referencia para la próxima Supervisión y conservación de la Estructura.

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¿Qué pasa si un vecino no quiere pasar la ITE?

En todos los edificios de comunidades siempre hay personas que no están conformes con las cuestiones que se tienen que deben, por más que sean obligadas.

El desconocimiento de lo que se efectúa en una ITE e idear que podría ser un costo elevado podría ser una de las causas por las que un propietario no esté conforme a pasar la ITE.

La obligatoriedad de pasar la Inspección Técnica de Edificio es debido a que te lo insta el Ayuntamiento por los años de la Construcción y el vecino no debería renunciar porque se puede incurrir en una sanción.

Muchas veces, un vecino no quiere autorizar la Inspección Técnica de Edificio debido a que su Apartamento no reúne los requisitos adecuados. Dadas las circunstancias, el Perito podría desechar el examen sin visitar el Inmueble o desestimar el materializar el Documento Escrito.

¿Quién paga la ITE de un edificio?

Esta Inspección Técnica del Edificio la paga el Dueño del Inmueble o la Comunidad de Propietarios, en el caso de que se trate de Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.

El Importe de una Revisión Técnica de Construcción puede variar desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según las características de la Edificación o Residencia.

En el supuesto de que no pretenda asumir el Coste de la Inspección Técnica de Edificios, indispensable por el Ayuntamiento, los vecinos que la hayan negado podrían ser objeto de una penalización cuantificada en 600 euros.

¿Quién paga la ITE de un edificio?

Esta Inspección Técnica de un Edificio la abona el Titular del Edificio o la Asociación de Vecinos, en la medida en que sea Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.

El Costo de una ITE puede diferir a partir de los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más según la condición de la Edificación o Vivienda.

En el caso de que no se pretenda abonar la Inspección Técnica de Edificios, exigido por el Ayuntamiento, se podría cometer una penalización de 600 Euros por vivienda a aquellos vecinos que la han rechazado.

¿Cómo puedo averiguar si un edificio ha pasado la ITE?

Para enterarse si el edificio ha realizado la Inspección Técnica de Edificio, tienes que inspeccionar los resultados fundamentados que se entregan luego de la evaluación. Esta información apuntará si la construcción ha superado la revisión y si se han detectado irregularidades.

Si no cuenta con el material informativo, puede acudir a la entidad pública pertinente, que es la que se encarga de completar y archivar las Inspecciones Técnicas. Como acabamos de decir que es obligado efectuar la inspección de edificios y que su cobertura varía de unos sitios a otros.

Por ejemplo:

En segovia, la Normativa de Evaluación de Edificios (IEE) define que debe realizarse un Examen de Evaluación de Edificios cada década para edificios con más de cincuenta años de existencia.

En Cataluña, la revisión debe ejecutarse cada diez años para edificios con una antigüedad de más de cuarenta y cinco años. Mientras que en segovia y segovia, se necesita un examen cada diez años para las construcciones que superen los 30 años.

¿Qué se inspecciona en la ITE?

Se evalúa el acceso del edificio, para evaluar si es de fácil tránsito para personas con desplazamiento limitado o impedimento. En la Inspección Técnica de Edificio se evalúan la arquitectura, la infraestructura, la cubierta, el exterior y las zonas comunes.

En particular, en la ITE se evalúa la situación de las posteriores partes del edificio:

  • Revestimiento y Cubierta: se evalúa la situación de mantenimiento de la fachada y el tejado, incluso del envolvente, las repisas y las tuberías de agua de lluvia.
  • Infraestructuras: se revisa la condición y comportamiento de las instalaciones del edificio, conjuntamente con la energía, el agua, el gas y los sistemas de calefacción.
  • Arquitectura: se analiza la estabilización y protección de la estructura de la edificación, incluyendo los componentes de carga, los cimientos, los elementos estructurales, las vigas y los pilares.
  • El Acceso: se verifica la facilidad de acceso a la construcción para ciudadanos con incapacidad o movimiento limitado, examinando la presencia de rampas, ascensores, barandillas y otros elementos imprescindibles.
  • Espacios Comunes: se evalúa la situación de mantenimiento de los espacios comunes de la edificación, como la entrada, el hall, las escaleras, los rellanos y los ascensores.

En caso de que se detecte defectos en alguno de esos puntos, se preparan fechas para su rehabilitación y se aporta un escrito con las intervenciones requeridas para procurar la seguridad y mantenimiento de la edificación.

¿Qué edificios están obligados a pasar la ITE?

Todos Inmuebles en en Sotillo se encuentran obligados a acatar la correspondiente ITE antes de los 45 años de antiguedad, la cual está reflejada en el propio registro

Además, si es una vivienda que tiene más de 45 años, sería aconsejable volver a pasar la Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar a fondo de que no surjan problemas.

Existen algunas edificios que, según las Leyes Municipales deberían someterse a esa Inspección cada cierta temporada, ya sea si se trata de una Vivienda Unifamiliar así como Vivienda Plurifamiliar.

La Obligación es para Edificios de más de 50 años, puesto que la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Ayuntamiento de la Ciudad la que tiene la última palabra.

¿Qué ocurre si un Edificio no posee la ITE?

Si una vivienda tiene por encima de 50 años tiene que pasar la ITE de forma irrenunciable, pero en diversos Ayuntamientos hay ciertas normativas que pueden modificar los años de requerimiento.

Si aspiras a liquidar una vivienda y la misma tiene que pasar la ITE entonces te van a solicitar que presentes el Certificado ITE, ahora bien si posees un pacto entre comprador y vendedor con acontecimientos justificados no se debería anular la compraventa.

En caso de no proceder a la Inspección obligatoria, puede constituir unas multas realmente importantes que van a estar sujetas del Gobierno Municipal en cuestión, pero podrían llegar incluso entre 5000 y 6000 Euros.