¿Qué es la ITE o la Inspección Técnica del Edificio?
La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Torla es una inspección imprescindible que se lleva a cabo en Edificios con la meta de proteger la protección y la debida conservación de las propiedades e instalaciones.
¡Descubre todo respecto a esta práctica fundamental leyendo este post! Te mostramos las ventajas, las partes medibles y cómo realizar una Evaluación correctamente, para que entiendas por qué la Inspección Técnica de Edificios es fundamental.
La peritación de la construcción se realiza por inspectores capacitados que detectan posibles debilidades y decidirán la conveniencia de llevar a cabo arreglos
La comprobación del Edificio persigue examinar riesgos potenciales asociados a la seguridad de la propiedad, la presencia de humedad ambiental, la corrosión, no obstante no contempla la identificación de la manifestación de aluminosis.
¿Cuál es la diferencia entre IEE y ITE?
La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque, no tienen la misma función. No obstante quiero precisarte específicamente.
La ITE evalúa la situación de la propiedad. Y la IEE investiga la adaptabilidad así como la eficiencia energética.
Recientemente, la inspección técnica de un edificio se ha mejorado, incorporando la evaluación de la estructura del edificio, así como la adaptabilidad, sumado a el ahorro energético. De este modo, actualmente se llama bajo el nombre de IEE para contemplar todos estas inspecciones indispensables.
¿En qué Consiste el Certificado ITE?
El Certificado ITE es un Escrito Oficial que corrobora la calidad de la construcción y su cumplimiento con las leyes de seguridad, habitabilidad, y el paisaje urbano.
Este Certificado debe ser presentado en ciertas circunstancias cuando un inmueble cuenta con un número de años desde su construcción, y en determinadas o zonas de España es de carácter obligatorio.
En algunas poblaciones de nuestro País dicho Certificado ITE se exige su presentación aún cuando se solicita la Licencia de Obra mayor o cuando se piden Ayudas o Subvenciones para la Rehabilitación de la construcción.
Ese Certificado ITE incluye información detallada de la Revisión de la firmeza del Inmueble, Dispositivos de Detección de Incendios, Dispositivos Eléctricos y de Saneamiento
Este Certificado actúa como un Expediente de referencia para la próxima Supervisión y conservación de la Estructura.
¿Qué sucede si un vecino no quiere hacer la ITE?
En todas las comunidades hay quienes se niegan a aceptar los requerimientos impuestos, por más que sean establecidos de manera obligada.
La ignorancia de lo que se lleva a cabo en una Inspección Técnica de Edificios y creer que podría ser un desembolso importante podría ser una de los argumentos por las que un propietario no esté de acuerdo a realizar la Inspección Técnica de Edificios.
La obligatoriedad de hacer la ITE es debido a que te lo solicita el Gobierno Municipal por la Antigüedad de la Construcción y el propietario no debería negarse porque se puede incurrir en una multa.
Incluso puede que, un propietario no quiere autorizar la ITE debido a que su Apartamento no reúne los requisitos adecuados. En tal caso, el Técnico podría desechar la inspección sin inspeccionar el Inmueble o oponerse a materializar el Documento Escrito.
¿Quién paga la ITE de un edificio?
Esta ITE de un Edificio la abona el Dueño del Edificio o la Comunidad de Propietarios, en el supuesto de que sea Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.
El Importe de una Revisión Técnica de Construcción puede oscilar desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según las características de la Edificación o Residencia.
En el escenario de que no se intente costear la Inspección Técnica de Edificios, obligatoria por el Gobierno Municipal, se podría cometer una penalización de 600 Euros por Inmueble a aquellos vecinos que se han negado.
¿Quién costea la ITE de un Edificio?
La Inspección Técnica del Edificio la paga el Dueño del Inmueble o la Comunidad de Propietarios, en la medida en que sea Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.
El Importe de una Revisión Técnica de Construcción puede variar desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según las particularidades de la Edificación o Residencia.
En el caso de que no se intente abonar la Inspección Técnica de Edificios, requerido por el Ayuntamiento, se podría perpetrar una sanción de 600 Euros por vivienda a aquellos propietarios que la han rechazado.
¿Cómo puedo averiguar si un edificio ha hecho la ITE?
Para enterarse si el edificio ha efectuado la ITE, debes comprobar el expediente el cual se presenta con posterioridad a la supervisión. En dicho expediente se apuntará si el edificio ha superado la evaluación y si se han encontrado defectos.
Si no dispone del material informativo, puede ir a la entidad pública responsable, que es la que se encarga de desempeñar y archivar las Inspecciones Técnicas. Ya hemos mencionado que es apremiante efectuar la revisión técnica de edificios y que su alcance varía de unas zonas a otras.
Por consiguiente:
En huesca, la Normativa de Evaluación de Edificios (IEE) establece que debe ejecutarse el Examen de Evaluación de Edificios cada diez años para edificios con más de cincuenta años de antigüedad.
En Cataluña tiene que ejecutarse cada diez años para edificios superior a cuarenta y cinco años. En huesca cada diez años, para edificaciones de más de treinta años, tal como en huesca.
¿Qué se examina en la ITE?
A lo largo de la Inspección Técnica se evalúan numerosos elementos de la edificación, como la arquitectura, las instalaciones, la fachada, el tejado y los espacios comunes. Asimismo se revisa el acceso del edificio, por lo tanto, si es cómodamente transitable para ciudadanos con impedimento o movimiento limitado.
Entre otras cosas, en la Inspección Técnica se verifica el estado de las siguientes partes del edificio:
- Infraestructuras: se comprueba el estado y comportamiento de las instalaciones del edificio, al igual que la electricidad, el agua, el gas y los sistemas de climatización.
- Estructura: se verifica la estabilización y protección de la arquitectura de la construcción, inclusive los componentes de carga, los cimientos, los forjados, las viguetas y los pilares.
- Espacios Comunes: se analiza la situación de conservación de las zonas comunes de la edificación, como el portal, el vestíbulo, las escaleras, los rellanos y los elevadores.
- Fachada y Cubierta: se verifica la condición de conservación del exterior y el tejado, además de la envoltura, las juntas y las bajantes de agua pluvial.
- El Acceso: se evalúa la accesibilidad a la construcción para ciudadanos con impedimento o desplazamiento limitado, analizando la presencia de rampas, ascensores, barandillas y otros elementos indispensables.
En caso de que se identifique defectos en cualquiera de estos aspectos, se establecen fechas para su subsanación y se formula un documento con las intervenciones indispensables para procurar la seguridad y mantenimiento de la edificación.
¿Qué edificios están obligados a pasar la ITE?
Todos Inmuebles en en Torla se encuentran obligados a cumplir con la pertinente ITE antes de los 45 años de edad, la cual se refleja en el propio catastro
Además, si es una vivienda que tiene más de 45 años, sería aconsejable volver a pasar una Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar con mucho cuidado de que no aparezcan problemas.
Existen algunos Edificios que, según las Leyes Municipales, tienen la obligación de someterse a la Inspección cada cierto tiempo, ya sea si se trata de una Vivienda Unifamiliar así como Vivienda Plurifamiliar.
La Responsabilidad es para Edificios de más de 50 años, en vista de que la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Ayuntamiento de la Ciudad la que dispone de la última palabra.
¿Qué ocurre si un Edificio no posee la ITE?
Cuando una vivienda tiene por encima de 50 años necesita pasar la ITE de forma obligatoria, pero en algunos Ayuntamientos hay ciertas normativas que pueden alterar los años de requerimiento.
Si quieres liquidar una vivienda y la misma tiene que iniciar la ITE entonces te van a instar que presentes el Certificado ITE, en cambio si posees un pacto entre comprador y vendedor con causas justificadas no se debería anular la compraventa.
En el caso de no proceder a la Inspección requerida, puede implicar unas sanciones muy sustanciales que van a estar sujetas del Ayuntamiento en cuestión, pero podrían llegar probablemente hasta 6 mil Euros.