¿Qué es la Inspección Técnica del Edificio o ITE?
La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Ubide es una revisión obligatoria que se lleva a cabo en Edificios con el propósito de asegurar la integridad y el correcto mantenimiento de las construcciones e instalaciones.
¡Descubre todo respecto a esta práctica fundamental leyendo este artículo! Te especificamos los beneficios, los elementos evaluables y cómo hacer una Evaluación correctamente, para que entiendas por qué la ITE es fundamental.
La revisión de la construcción se realiza por peritos expertos que identifican potenciales defectos y establecerán la oportunidad de efectuar mejoras
El análisis de la propiedad busca inspeccionar riesgos relacionados con la seguridad de las edificaciones, la humedad en el inmueble, la erosión, no obstante no contempla la identificación de la detección de aluminosis.
¿Cuál es la diferencia entre IEE y ITE?
La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque se pueda pensar, no son exactamente iguales. Sin embargo quiero explicarte específicamente.
El cometido de la ITE es evaluar el estado de conservación del bien inmueble. Y la IEE investiga la accesibilidad para personas con discapacidad y la eficacia energética.
Desde hace unos cuantos años, la supervisión técnica de un inmueble se ha mejorado, abarcando la evaluación del edificio en sí mismo, junto con la accesibilidad para personas con discapacidad, incluyendo el ahorro energético. De esta manera, actualmente se llama con el nombre de IEE para abarcar todas estas mismas revisiones requeridas.
¿Qué es un Certificado ITE?
El Certificado ITE es un Escrito Oficial que verifica el estado de la edificación y su cumplimiento según las regulaciones de seguridad en la construcción, habitabilidad, y el ambiente urbano.
Este Certificado es obligatorio presentarse en algunas ocasiones cuando un edificio cuenta con una edad determinada, y en ciertos lugares o localidades de España es requisito indispensable.
En algunas ciudades de España el Certificado ITE se exige su presentación incluso mientras que se tramita la Licencia de Obra mayor o cuando se tramitan Ayudas o Subvenciones para la Renovación de la estructura.
Ese Certificado ITE posee análisis completo de la Evaluación de la firmeza del Inmueble, Dispositivos de Detección de Incendios, Infraestructura Eléctrica y Sanitaria
El Certificado cumple con la finalidad de una evidencia de consulta para la próxima Revisión y cuidado del Inmueble.
¿Qué ocurre si un vecino no quiere hacer la ITE?
En la mayoría de las Comunidades hay quienes se niegan a aceptar los requerimientos impuestos, por más que sean establecidos de manera obligatoria.
El desconocimiento de lo que se efectúa en una Inspección Técnica de Edificios y suponer que podría ser un gasto elevado podría ser una de las causas por las que un vecino no esté conforme a realizar la ITE.
El Gobierno Municipal demanda a pasar la inspección por la Antigüedad del inmueble, en consecuencia el propietario no debería oponerse ya que puede ser multado en caso afirmativo.
Muchas veces, un vecino se niega a pasar la ITE puesto a que su Vivienda no está con los requisitos adecuados. En este caso, el Perito podría refutar el examen sin acudir al Inmueble o desechar el confeccionar el Informe.
¿Quién paga la ITE de un edificio?
La Inspección Técnica del Edificio la paga el Dueño del Inmueble o la Comunidad de Propietarios, en la medida en que se trate de Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.
La Tasa de una Revisión Técnica de Construcción puede diferir desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según las características de la Edificación o Residencia.
En el supuesto de que no se pretenda tributar la Inspección Técnica de Edificios, obligatoria por el Ayuntamiento, se podría perpetrar una sanción de 600 Euros por vivienda a aquellos propietarios que la han rechazado.
¿Quién costea la ITE de un Edificio?
La Inspección Técnica de un Edificio la paga el Propietario del Edificio o la Asociación de Vecinos, en el caso de que sea Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.
El Coste de una Revisión Técnica de Construcción puede oscilar desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según las particularidades de la Edificación o Residencia.
En el supuesto de que no se intente liquidar la ITE, requerido por el Ayuntamiento, se podría cometer una penalización de 600 Euros por Inmueble a aquellos propietarios que se han negado.
¿Cómo puedo averiguar si un edificio ha hecho la ITE?
Para saber si el edificio ha completado la Inspección Técnica de Edificio, tienes que inspeccionar el informe el cual se presenta después de la auditoría. En dicho informe se definirá si el edificio ha superado la revisión y si se han localizado defectos.
Si no dispone de acceso al expediente, puede consultar con la administración pública pertinente, dado que es la responsable de la materialización y consignación de las Inspecciones Técnicas. Como hemos dicho con anterioridad, es requerido la consecución de la ITE y que difiere de unas localidades a otras.
Por consiguiente:
La Normativa IEE en vizcaya determina que la Inspección Técnica de Edificios (ITE) debe ser llevado a cabo cada década para las edificaciones que posean más de 50 años de edad.
En Cataluña, la inspección tiene que llevarse a cabo cada diez años para edificios con una edad superior a cuarenta y cinco años. Al mismo tiempo que en vizcaya y vizcaya, se requiere un examen cada década para las construcciones que superen los 30 años.
¿Qué se comprueba en la ITE?
Durante la Inspección Técnica de Edificio se analizan muchos aspectos de la construcción, como la estructura, las instalaciones, la fachada, la cubierta y los espacios comunes. Adicionalmente se revisa el acceso de la edificación, por lo tanto, si es fácilmente transitable para personas con imposibilidad o movilidad reducida.
En la ITE se comprueba la condición de las partes siguientes de la construcción:
- Arquitectura: se comprueba la estabilidad y protección de la arquitectura del edificio, inclusive los elementos de carga, los cimientos, los elementos estructurales, las viguetas y las columnas.
- Instalaciones: se comprueba la situación y funcionamiento de las instalaciones del edificio, al igual que la electricidad, el agua, el gas y los mecanismos de climatización.
- Revestimiento y Cubierta: se verifica la situación de preservación del exterior y la cubierta, además de la envoltura, las juntas y las cañerías de agua de lluvia.
- Zonas comunes: se revisa la situación de mantenimiento de los espacios comunes de la construcción, como la entrada, el hall, las escaleras, los pasillos y los ascensores.
- La facilidad de Acceso: se verifica la facilidad de acceso a la edificación para personas con minusvalidez o desplazamiento reducido, verificando la existencia de rampas, elevadores, pasamanos y otros componentes necesarios.
Si se detectan deficiencias en alguno de estos puntos, se determinan los tiempos de rehabilitación y se emite una memoria con las operaciones decisivas para proporcionar la seguridad y conservación inmueble.
¿Qué Edificios tienen Obligación de pasar la ITE?
Todos Inmuebles en en Ubide están obligados a pasar la pertinente Revisión Técnica antes de los 45 años de antiguedad, la cual se halla incorporada en el propio catastro
Además, si es una vivienda que tiene más de 45 años, sería recomendable volver a pasar la Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar exhaustivamente de que no existan problemas.
Hay unos cuantos edificios que, según las Leyes Municipales deberían pasar la Inspección cada cierto tiempo, ya sea si se trata de una Vivienda Unifamiliar como Plurifamiliar.
La Exigencia es para Edificios de más de 50 años, por cuanto la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Ayuntamiento de la Localidad la que tiene la última palabra.
¿Qué pasa si un Edificio no tiene ITE?
En el caso de que una vivienda tiene por encima de 50 años necesita pasar la ITE de forma irrenunciable, pero en diversos Ayuntamientos hay ciertas normativas que pueden variar los años de obligatoriedad.
Si deseas liquidar la vivienda y la misma debe pasar la ITE entonces te van a instar que proporciones el Certificado ITE, sin embargo si existe un pacto entre comprador y vendedor con circunstancias justificadas no se debería anular la compraventa.
En caso de no realizar la Inspección imperativa, puede entrañar unas multas muy graves que van a depender del Ayuntamiento en cuestión, pero podrían llegar incluso entre 5 y 6 mil Euros.