¿Qué es la Inspección Técnica del Edificio o ITE?
La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Villadoz es una prueba fundamental que se ejecuta en Edificios con el objetivo de asegurar la seguridad y el mantenimiento adecuado de las edificaciones e instalaciones.
¡Descubre todo referente a este método imprescindible leyendo este artículo! Te mostramos las ventajas, los componentes medibles y cómo realizar una Evaluación convenientemente, para que entiendas por qué la Inspección Técnica de Edificios es imprescindible.
La revisión de la construcción se lleva a cabo por inspectores autorizados que identifican posibles problemas y establecerán la conveniencia de realizar acondicionamientos
La inspección del edificio persigue revisar peligros vinculados con la seguridad de los edificios, la humedad del ambiente, la degradación, no obstante no incluye la detección de la presencia de aluminosis.
¿Qué diferencia hay entre una IEE y ITE?
La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aun cuando, no es lo mismo. Pero déjame aclararte concretamente.
El propósito de la ITE es evaluar el estado general de la edificación. Y la IEE verifica la accesibilidad y la energía consumida.
Desde hace unos cuantos años, la verificación de una construcción se ha optimizado, incluyendo la inspección de la estructura del edificio, junto con la adaptabilidad, además de la optimización energética. De ahí que, actualmente se refiere como IEE para englobar todas estas evaluaciones necesarias.
¿Qué es un Certificado ITE?
El Certificado ITE es un Informe que constata la condición de la estructura y su cumplimiento con los criterios de seguridad en la construcción, habitabilidad de la vivienda, y el ámbito urbano.
Este documento debe mostrarse en ciertas circunstancias cuando un edificio tiene un número de años desde su construcción, y en ciertos lugares o localidades de España es obligatorio.
En diversas localidades de nuestro País dicho Certificado ITE es necesario presentarlo además mientras que se pide la Licencia de Obra mayor o mientras que se piden Ayudas o Subvenciones para la Restauración de la construcción.
Este Certificado ITE incluye análisis completo de la Evaluación de el estado de Conservación de la Estructura, Sistemas de Control de Incendios, Tendido Eléctrico y de Saneamiento
El Certificado cumple con la finalidad de un Registro de consulta para la futura Inspección y conservación de la Estructura.
¿Qué ocurre si un propietario no quiere pasar la ITE?
En la amplia mayoría de las Comunidades hay quienes se niegan a aceptar los requerimientos impuestos, por más que sean establecidos de manera ineludible.
El entendimiento limitado de cómo se realiza una ITE y sugerir que el costo será elevado, podría ser un motivo para que un vecino se niegue a dar el visto bueno a una inspección técnica de edificios.
El Ayuntamiento solicita a pasar la ITE debido a la Antigüedad de la edificación, por ese motivo el propietario no debería oponerse ya que puede ser sancionado si lo hace.
En algunos casos un propietario no desea ejercer la Inspección puesto que su Vivienda no está en las condiciones correctas. El Ingeniero, a este respecto, podría suscribir sin visitar ese Domicilio o rehusar la materialización del Informe.
¿Quién paga la ITE de un edificio?
Esta ITE de un Edificio la paga el Titular del Inmueble o la Asociación de Vecinos, en la medida en que sea Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.
El Coste de una Revisión Técnica de Construcción puede oscilar desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según la Naturaleza de la Edificación o Residencia.
En el escenario de que no quiera asumir el Importe de la Inspección Técnica de Edificios, indispensable por el Gobierno Municipal, los vecinos que la hayan rechazado podrían ser objeto de una multa valorada en 600 euros.
¿Quién costea la ITE de un Edificio?
La ITE de un Edificio la abona el Propietario del Edificio o la Comunidad de Propietarios, en el supuesto de que se trate de Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.
La Tasa de una ITE puede diferir a partir de los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más en base a las características de la Construcción o Piso.
En el escenario de que no se desee reembolsar la Inspección Técnica de Edificios, indispensable por el Gobierno Municipal, se podría incurrir en una penalización de 600 Euros por Inmueble a aquellos propietarios que la han rechazado.
¿Cómo puedo saber si un edificio ha pasado la ITE?
Para descubrir si el edificio ha culminado la Inspección Técnica de Edificio, debes verificar el expediente que se proporciona después de la auditoría. En dicho expediente se definirá si la edificación ha superado la inspección y si se han detectado defectos.
Si no tiene acceso al informe, puede consultar con la administración pública competente, dado que es la responsable de la realización y consignación de las ITE. Como acabamos de decir, es apremiante la ejecución de la inspección técnica de edificios y que varía de unas localidades a otras.
Por consiguiente:
En Asturias, la Normativa de Evaluación de Edificios (IEE) determina que debe efectuarse un Examen de Evaluación de Edificios cada década para edificios con más de cincuenta años de antigüedad.
En Cataluña, la revisión debe ejecutarse cada diez años para edificios con una edad de más de 45 años. Mientras que en zaragoza y zaragoza, se obliga a una supervisión cada diez años para aquellos edificios que superen los 30 años.
¿Qué se mira en la ITE?
Se evalúa la accesibilidad del inmueble, para evaluar si es de fácil tránsito para ciudadanos con movimiento limitado o incapacidad. En la Inspección Técnica se analizan la arquitectura, la infraestructura, el tejado, el exterior y los espacios comunes.
En la Inspección Técnica de Edificio se comprueba la condición de las zonas siguientes de la edificación:
- Instalaciones: se comprueba la situación y funcionamiento del equipamiento de la construcción, entre otras cosas la electricidad, el agua, el gas y los sistemas de acondicionamiento del aire.
- Zonas comunes: se analiza la condición de conservación de los espacios comunes de la edificación, como el portal, el vestíbulo, las escaleras, los pasillos y los elevadores.
- La Accesibilidad: se comprueba el acceso al edificio para personas con incapacidad o movilidad reducida, evaluando la disponibilidad de pasarelas, elevadores, barandillas y otros elementos necesarios.
- Fachada y Tejado: se verifica el estado de conservación del exterior y la cubierta, también del envolvente, las juntas y las tuberías de agua de lluvia.
- Estructura: se comprueba la estabilidad y protección de la arquitectura de la edificación, incluyendo los elementos de carga, los cimientos, los forjados, las vigas y los pilares.
Si se detectan carencias en determinados de estos puntos, se precisan los plazos de regularización y se emite un documento con las actuaciones fundamentales para facilitar la protección y conservación inmueble.
¿Qué Edificios tienen Obligación de pasar la ITE?
Cada uno de los Edificios en en Villadoz están obligados a completar la adecuada Revisión Técnica antes de los 45 años de antiguedad, la cual se halla incorporada en el mismo registro
Además, si es una vivienda con más de 45 años, habría que volver a pasar la ITE cada 10 años y comprobar de forma minuciosa de que no se detectan problemas.
Existen unos cuantos edificios que, según las Leyes Municipales deben pasar la Inspección cada cierto tiempo, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar como Plurifamiliar.
La Exigencia es para Edificios de más de 50 años, en tanto que la Normativa Estatal así lo exige, pero es la Administración Local de la Ciudad la que tiene la última palabra.
¿Qué pasa si un Edificio no tiene ITE?
En el caso de que una vivienda tiene más de 50 años debe pasar la ITE de forma irrenunciable, pero en ciertos Ayuntamientos hay algunas normativas que pueden diferir los años de obligatoriedad.
Si necesitas vender la vivienda y la misma le hace falta pasar la ITE entonces te van a ordenar que presentes el Certificado ITE, no obstante si posees un consentimiento entre comprador y vendedor con causas justificadas no se debería revocar la compraventa.
En el caso de no proceder a la Inspección imperativa, puede constituir unas sanciones muy sustanciales que van a supeditarse del Ayuntamiento en cuestión, pero podrían llegar probablemente hasta los 6000 euros.