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inspeccion tecnica de edificios Villaespasa

Artículo Actualizado a: junio 2024

¿Qué es la Inspección Técnica del Edificio o ITE?

La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Villaespasa es una supervisión primordial que se lleva a cabo en Edificios con la finalidad de velar por la integridad y el mantenimiento adecuado de las construcciones e instalaciones.

¡Descubre todo respecto a este método imprescindible leyendo este post! Te especificamos las ventajas, las partes medibles y cómo hacer una Evaluación adecuadamente, para que comprendas por qué la Inspección Técnica es imprescindible.

La revisión de la construcción se lleva a cabo por técnicos calificados que encuentran posibles problemas y juzgarán si es necesario realizar acondicionamientos

La auditoría de la construcción tiene como propósito evaluar peligros asociados con la seguridad de las edificaciones, la humedad en la estructura, el desgaste, pero no contempla la identificación de la presencia de aluminosis.

¿Qué diferencia hay entre una ITE y IEE?

La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque se pueda pensar, no tienen la misma función. No obstante voy a precisarte concretamente.

El objetivo de la ITE es evaluar el estado de conservación de la edificación. Y la IEE examina la accesibilidad así como el uso de la energía.

Desde hace algunos años, la verificación de una construcción se ha perfeccionado, incluyendo la evaluación de la propia construcción, sumado a la accesibilidad para personas con discapacidad, además de el ahorro energético. Por eso, ahora se identifica con el nombre de IEE para abarcar todas estas procesos obligatorias.

¿Qué es un Certificado ITE?

El Certificado ITE es un Documento que confirma la situación del inmueble y su cumplimiento con las disposiciones sobre seguridad, habitabilidad urbana, y el contexto urbano.

Este informe es obligatorio ser presentado en determinadas situaciones cuando una edificación tiene cierto tiempo de antigüedad, y en ciertos lugares o zonas de España es de carácter obligatorio.

En varias ciudades de nuestro País dicho Certificado ITE es necesario presentarlo aún mientras que se pide la Licencia de Obra mayor o mientras que se solicitan Ayudas o Subvenciones para la Restauración del edificio.

El Certificado ITE posee información acerca de la Evaluación de la Robustez de la Edificación, Sistemas de Extinción de Incendios, Tendido Eléctrico y de Saneamiento

Este Certificado cumple con la finalidad de un Registro de consulta para la Evaluación futura y mantenimiento del Edificio.

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¿Qué pasa si un propietario no quiere hacer la ITE?

En todos los edificios de comunidades frecuentemente hay vecinos que no están conformes con los asuntos que se tienen que ejercer, aunque sean obligatorias.

La ignorancia de lo que se lleva a cabo en una ITE y suponer que podría ser un coste elevado podría ser una de los argumentos por las que un vecino no esté de acuerdo a ejecutar la ITE.

El Gobierno Municipal impone a pasar la inspección debido a los años de la edificación, por lo cual el propietario no debería negarse ya que puede ser sancionado en caso afirmativo.

Incluso puede que un propietario no desea pasar la Inspección Técnica del Edificio dado a que su Piso no está en las circunstancias apropiadas. El Técnico, en esta situación, podría suscribir sin entrar a ese Domicilio o declinar la materialización del Documento Escrito.

¿Quién costea la ITE de un Edificio?

La Inspección Técnica de un Edificio la abona el Titular del Inmueble o la Asociación de Vecinos, en el supuesto de que sea Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.

El Precio de una Revisión Técnica de Construcción puede variar desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según la Condición de la Edificación o Residencia.

En el supuesto de que no desee asumir la Tasa de la Inspección Técnica de Edificios, indispensable por el Ayuntamiento, los propietarios que la hayan negado podrían ser objeto de una penalización valorada en 600 euros.

¿Quién paga la ITE de un edificio?

Esta ITE de un Edificio la abona el Titular del Inmueble o la Comunidad de Propietarios, en la medida en que se trate de Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.

El Importe de una ITE puede oscilar desde los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más dependiendo de la condición de la Construcción o Piso.

En el escenario de que no quiera asumir el Precio de la ITE, imprescindible por el Gobierno Municipal, los propietarios que la hayan negado podrían ser objeto de una multa cuantificada en 600 euros.

¿Cómo puedo averiguar si un edificio ha hecho la ITE?

Para saber si un edificio ha pasado una Inspección Técnica de Edificio, debes analizar los resultados confirmados que se proveen después de la evaluación. Esta declaración definirá si el edificio ha superado la inspección y si se han localizado irregularidades.

Si no cuenta con el material informativo, puede acudir a la entidad pública encargada, que es la responsable de completar y conservar las Inspecciones Técnicas de Edificios. Como hemos dicho anteriormente que es vinculante efectuar la revisión técnica de edificios y que su ámbito de aplicación varía de unos lugares a otros.

En concreto:

En burgos, la Normativa de Evaluación de Edificios (IEE) define que debe realizarse el Informe de Evaluación de Edificios cada diez años para construcciones con más de cincuenta años de antigüedad.

En Catalunya debe realizarse cada década para edificios superior a 45 años. En la Comunidad de burgos cada década, para construcciones superior a 30 años, tal como en burgos.

¿Qué se comprueba en la ITE?

A lo largo de la Inspección Técnica se evalúan muchos aspectos de la construcción, como la estructura, las instalaciones, el exterior, la cubierta y las zonas comunes. Incluso se examina la facilidad de acceso de la edificación, concretamente, si es correctamente transitable para personas con imposibilidad o desplazamiento reducido.

Fundamentalmente, en la Inspección Técnica de Edificio se evalúa el estado de las siguientes zonas de la edificación:

  • Arquitectura: se verifica la estabilidad y protección de la estructura de la construcción, incluyendo los elementos de carga, los cimientos, los elementos estructurales, las viguetas y los pilares.
  • Infraestructuras: se comprueba el estado y comportamiento del equipamiento de la construcción, además de la electrificación, el agua, el gas y los sistemas de acondicionamiento del aire.
  • Revestimiento y Cubierta: se evalúa la condición de mantenimiento de la fachada y la cubierta, asimismo del envolvente, las repisas y las bajantes de agua de lluvia.
  • Espacios Comunes: se evalúa el estado de conservación de los espacios comunes del edificio, como el portal, el hall, las escaleras, los rellanos y los ascensores.
  • La facilidad de Acceso: se analiza la facilidad de acceso al edificio para usuarios con incapacidad o desplazamiento reducido, evaluando la disponibilidad de rampas, elevadores, barandillas y otros componentes imprescindibles.

En el supuesto de que se localice deficiencias en cualquiera de esos elementos, se precisan plazos para su rehabilitación y se aporta un escrito con las ejecuciones convenientes para asegurar la seguridad y manutención de la construcción.

¿Qué edificios están obligados a pasar la ITE?

Los Inmuebles en en Villaespasa están requeridos a completar la correspondiente ITE antes de los 45 años de edad, la cual está reflejada en el mismo registro

Además, si es una vivienda que tiene más de 45 años, habría que volver a pasar la Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar de forma minuciosa de que no se detectan problemas.

Hay varios Edificios que, según la Normativa Municipal, deberían someterse a la Evaluación cada cierto tiempo, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar como Plurifamiliar.

La Exigencia es para Edificios de más de 50 años, en tanto que la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Ayuntamiento de la Ciudad la que posee la última palabra.

¿Qué pasa si un Edificio no tiene ITE?

Cuando una vivienda tiene más de 50 años hay que pasar la ITE de forma inevitable, pero en diversos Ayuntamientos hay algunas normativas que pueden variar los años de obligatoriedad.

Si necesitas vender una vivienda y la misma le hace falta iniciar la ITE entonces te van a pedir que presentes el Certificado ITE, pero si posees un trato entre comprador y vendedor con acontecimientos justificados no se debería negar la compraventa.

En caso de no efectuar esta Inspección imperativa, puede suponer unas penalizaciones muy importantes que van a supeditarse del Ayuntamiento en cuestión, pero podrían llegar posiblemente hasta 6 mil Euros.