escríbenos y te llamamos: info@ITE-EDIFICIOS.ES

inspeccion tecnica de edificios Villamiel de la Sierra

Artículo Actualizado a: junio 2024

¿Qué es la ITE o la Inspección Técnica del Edificio?

La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Villamiel de la Sierra es una prueba fundamental que se efectúa en Edificios con la finalidad de velar por la seguridad y el mantenimiento adecuado de las edificaciones e instalaciones.

¡Descubre todo respecto a esta práctica imprescindible leyendo este post! Te especificamos los beneficios, las partes medibles y cómo hacer una Inspección convenientemente, para que entiendas por qué la Inspección Técnica es esencial.

La comprobación del inmueble se efectúa por técnicos que encuentran posibles anomalías y concluirán si es necesario realizar reparaciones

La peritación del edificio tiene como finalidad inspeccionar peligros vinculados a la seguridad de la estructura, la humedad presente, la erosión, aunque no contempla la identificación de la existencia de aluminosis.

¿Cuál es la diferencia entre IEE y ITE?

La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque suene, no son sinónimos. Sin embargo voy a precisarte concretamente.

El propósito de la ITE es evaluar el estado general de la construcción. Y la IEE inspecciona la accesibilidad para personas con discapacidad y el ahorro energético.

Desde hace unos cuantos años, la supervisión técnica de un inmueble se ha mejorado, contemplando la evaluación de la edificación en cuestión, sumado a la accesibilidad para personas con discapacidad, además de la eficiencia energética. Así que, en la actualidad se refiere bajo el nombre de IEE para incluir todas estas tareas obligatorias.

¿Qué es un Certificado ITE?

El Certificado ITE es un Escrito Oficial que acredita el estado de la estructura y su cumplimiento según los estándares de seguridad, condiciones de habitabilidad, y su entorno urbano.

Este documento debe mostrarse en algunos casos cuando una edificación cuenta con una edad determinada, y en ciertos lugares o localidades de España es obligatorio.

En algunas poblaciones de nuestro País dicho Certificado ITE se exige su presentación aún cuando se solicita la Licencia de Obra mayor o cuando se solicitan Ayudas o Subvenciones para la Rehabilitación del edificio.

Ese Certificado ITE incluye información detallada de la Revisión de la Robustez de la Edificación, Sistemas de Seguridad contra Incendios, Dispositivos Eléctricos y Sanitaria

Este Certificado cumple con la finalidad de un Expediente de referencia para la próxima Supervisión y conservación de la Construcción.

Finalidad: Solicitud de Información | Legitimación: Tu consentimiento expreso | Destinatario: Alojados en WordPress | Derechos: Tienes derecho al acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y olvido de tus datos en info(arroba)ite-edificios.es. Los datos que introduzcas en el Formulario serán tratados con confidencialidad y alojados en los Servidores de OVH Hispano S.L. OVH Hispano S.L. cumple con la Normativa Europea de Protección de Datos. También puedes consultar el Aviso Legal y la Política de Privacidad de esta web.

¿Qué sucede si un propietario no quiere hacer la ITE?

En la amplia mayoría de las Comunidades hay quienes no están conformes con aceptar los requerimientos impuestos, aún cuando sean establecidos de manera obligatoria.

La ignorancia de lo que se hace en una ITE y pensar que podría ser un gasto sustancial podría ser una de las razones por las que un propietario no esté conforme a ejecutar la Inspección Técnica de Edificios.

La obligatoriedad de proceder a la Inspección Técnica es debido a que te lo demanda el Gobierno Municipal por los años del inmueble y el vecino no debería negarse dado que se puede incurrir en una multa.

A menudo, un propietario no quiere permitir la Evaluación Técnica de la Edificación dado que su Casa no está con las características adecuadas. Por consiguiente, el Perito podría declinar el examen sin inspeccionar el Inmueble o rehusar a confeccionar el Reporte Oficial.

¿Quién paga la ITE de un edificio?

La Inspección Técnica de un Edificio la paga el Dueño del Edificio o la Comunidad de Propietarios, en el supuesto de que se trate de Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.

El Importe de una Revisión Técnica de Construcción puede variar desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según las particularidades de la Edificación o Residencia.

En el supuesto de que no intente asumir el Importe de la ITE, obligatoria por el Ayuntamiento, los propietarios que la hayan negado podrían ser objeto de una multa cuantificada en 600 euros.

¿Quién paga la ITE de un edificio?

La Inspección Técnica de un Edificio la paga el Propietario del Edificio o la Comunidad de Propietarios, en la medida en que se trate de Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.

La Tasa de una Inspección Técnica de Edificios puede diferir desde los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más según la naturaleza de la Edificación o Vivienda.

En el escenario de que no intente asumir el Coste de la Inspección Técnica de Edificios, indispensable por el Gobierno Municipal, los vecinos que la hayan rechazado podrían ser objeto de una penalización cuantificada en 600 euros.

¿Cómo puedo saber si un edificio ha pasado la ITE?

Para saber si un edificio ha completado la Inspección Técnica, tienes que inspeccionar los resultados registrados que se ofrecen después de la evaluación. Esta información definirá si la edificación ha pasado la verificación y si se han observado irregularidades.

Si no dispone del material informativo, puede ir a la entidad pública pertinente, que es la responsable de finalizar y conservar las Inspecciones Técnicas de Edificios. Como hemos dicho anteriormente que es vinculante ejecutar la evaluación de edificios y que su cobertura varía de unas zonas a otras.

De este modo:

La Normativa IEE en burgos precisa que la ITE tiene que ser ejecutado cada diez años para las edificaciones que acumulen más de 50 años de edad.

En Catalunya tiene que ejecutarse cada diez años para construcciones superior a cuarenta y cinco años. En burgos cada 10 años, para edificios superior a 30 años, al igual que en burgos.

¿Qué se analiza en la ITE?

Se revisa la facilidad de acceso del inmueble, para revisar si es de cómodo tránsito para ciudadanos con desplazamiento reducido o minusvalidez. En la Inspección Técnica se verifican la estructura, la infraestructura, el tejado, la fachada y las zonas comunes.

En la Inspección Técnica se comprueba el estado de los elementos siguientes de la construcción:

  • Infraestructuras: se comprueba la condición y desempeño del equipamiento del edificio, entre otras cosas la electricidad, el agua, el gas y los mecanismos de calefacción.
  • Zonas comunes: se analiza la situación de preservación de las zonas comunes de la construcción, como el portal, el hall, las escaleras, los pasillos y los elevadores.
  • La facilidad de Acceso: se analiza la accesibilidad a la edificación para usuarios con discapacidad o desplazamiento reducido, evaluando la disponibilidad de rampas, elevadores, pasamanos y otros elementos indispensables.
  • Fachada y Tejado: se revisa la situación de preservación del exterior y el tejado, incluso del recubrimiento, las repisas y las bajantes de agua de lluvia.
  • Arquitectura: se analiza la estabilización y seguridad de la estructura del edificio, incluyendo los elementos de carga, las cimentaciones, los forjados, las vigas y los pilares.

Si se detectan defectos en alguno de estos elementos, se establecen las fechas de reparación y se suministra un informe con las operaciones convenientes para procurar la protección y mantenimiento inmueble.

¿Qué edificios están obligados a pasar la ITE?

Los Edificios en en Villamiel de la Sierra están obligados a completar la pertinente ITE antes de los 45 años de antigüedad, la cual está reflejada en el propio registro

Además, si es una vivienda con más de 45 años, habría que volver a pasar la Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar a fondo de que no haya problemas.

Existen unos cuantos Edificios que, según la Normativa Municipal, tienen la obligación de someterse a la Inspección cada cierta temporada, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar así como Vivienda Plurifamiliar.

La Obligación es para Edificios de más de 50 años, en tanto que la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Ayuntamiento de la Localidad la que tiene la última palabra.

¿Qué pasa si un Edificio no tiene ITE?

En el caso de que una vivienda tiene más de 50 años debe pasar la ITE de forma requerida, pero en algunos Ayuntamientos hay distintas normativas que pueden cambiar los años de requerimiento.

Si deseas liquidar una vivienda y la misma tiene que iniciar la ITE entonces te van a instar que aportes el Certificado ITE, ahora bien si posees un acuerdo entre comprador y vendedor con circunstancias justificadas no se debería revocar la compraventa.

En el supuesto de no llevar a cabo esta Inspección obligatoria, puede entrañar unas penalizaciones bastante importantes que van a supeditarse del Ayuntamiento en cuestión, pero podrían llegar particularmente entre 5000 y 6000 Euros.