¿Qué es la ITE o la Inspección Técnica del Edificio?
La ITE o Inspección Técnica de Edificios en El Viso es una auditoría necesaria que se efectúa en Edificios con la finalidad de velar por la seguridad y el adecuado cuidado de las edificaciones e instalaciones.
¡Descubre todo respecto a este método imprescindible leyendo este post! Te mostramos los beneficios, los componentes medibles y cómo hacer una Evaluación correctamente, para que entiendas por qué la ITE es fundamental.
La evaluación técnica del edificio se realiza por profesionales del ramo que observan posibles debilidades y juzgarán la conveniencia de llevar a cabo arreglo
La inspección del edificio persigue revisar riesgos vinculados a la seguridad de la edificación, la humedad existente, la descomposición, aunque no abarca la identificación de la aparición de aluminosis.
¿Cuál es la diferencia entre ITE y IEE?
La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque, no es lo mismo. Pero déjame aclararte específicamente.
El objetivo de la ITE es evaluar el estado general de la vivienda. Y la IEE revisa la accesibilidad y la optimización energética.
En los últimos tiempos, la verificación de una construcción se ha modernizado, englobando la inspección de la propiedad en sí misma, junto con la accesibilidad, sumado a el uso eficiente de la energía. Así que, en la actualidad se llama como IEE para contemplar todos estas mismas actividades obligatorias.
¿Qué es un Certificado ITE?
El Certificado ITE es un Informe Técnico que valida la condición de la propiedad y su cumplimiento con las normas de seguridad, condiciones de habitabilidad, y las condiciones urbanas.
Este documento debe mostrarse en ciertas circunstancias cuando un inmueble posee un número de años desde su construcción, y en determinadas o zonas de España es obligatorio.
En varias localidades de España el Certificado ITE debe presentarse además cuando se solicita una Licencia de Obra mayor o mientras que se piden Ayudas o Subvenciones para la Renovación del edificio.
El Certificado ITE tiene información detallada de el Estudio de la Robustez de la Edificación, Dispositivos Antiincendios, Red Eléctrica y de Saneamiento
El Certificado actúa como un Registro de referencia para la próxima Revisión y mantenimiento del Edificio.
¿Qué pasa si un vecino no quiere pasar la ITE?
En la mayoría de las Comunidades hay quienes no están de acuerdo con aceptar los asuntos impuestos, a pesar de que sean establecidos de manera obligada.
El desconocimiento total de cómo funciona una ITE y sugerir que el precio será elevado, podría ser un motivo para que un vecino se resista a aprobar una inspección técnica de edificios.
El Ayuntamiento exige a pasar la inspección debido a la Antigüedad del inmueble, por ese motivo el vecino no debería resistirse ya que puede ser penalizado en caso afirmativo.
En contadas ocasiones un propietario no quiere ejercer la Inspección Técnica dado a que su Piso no está en las condiciones oportunas. El Técnico, en cuyo caso, podría suscribir sin pasar a esa Vivienda o declinar la ejecución del Reporte Oficial.
¿Quién costea la ITE de un Edificio?
La Inspección Técnica del Edificio la paga el Titular del Inmueble o la Comunidad de Propietarios, en el caso de que sea Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.
El Importe de una ITE puede diferir a partir de los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más dependiendo de la naturaleza de la Construcción o Piso.
En el escenario de que no se desee liquidar la Inspección Técnica de Edificios, indispensable por el Ayuntamiento, se podría incurrir en una penalización de 600 Euros por vivienda a aquellos vecinos que se han negado.
¿Quién costea la ITE de un Edificio?
La ITE de un Edificio la abona el Dueño del Inmueble o la Comunidad de Propietarios, en la medida en que se trate de Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.
El Coste de una Revisión Técnica de Construcción puede variar desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según la Naturaleza de la Edificación o Residencia.
En el escenario de que no quiera asumir el Importe de la Inspección Técnica de Edificios, imprescindible por el Gobierno Municipal, los propietarios que la hayan negado podrían ser objeto de una multa valorada en 600 euros.
¿Cómo puedo averiguar si un edificio ha pasado la ITE?
Para descubrir si el edificio ha completado una ITE, debes examinar el informe el cual se proporciona posteriormente a la auditoría. En dicha documentación se indicará si el edificio ha superado la revisión y si se han identificado deficiencias.
Si no posee acceso a la documentación, puede acudir con el organismo público correspondiente, dado que es la encargada de la puesta en práctica y consignación de las Inspecciones Técnicas de Edificios. Como hemos dicho anteriormente, es obligado la consecución de la ITE y que varía de unas localidades a otras.
En concreto:
En cordoba, la Legislación de Evaluación de Edificios (IEE) determina que debe efectuarse el Informe de Evaluación de Edificios cada década para construcciones con más de cincuenta años de existencia.
En Catalunya, la inspección debe efectuarse cada década para edificaciones con una edad superior a 45 años. Al mismo tiempo que en cordoba y cordoba, se obliga a una evaluación cada diez años para las construcciones que superen los 30 años.
¿Qué se inspecciona en la ITE?
Durante la ITE se analizan distintos componentes de la edificación, entre ellos la estructura, las instalaciones, el exterior, la cubierta y los espacios comunes. Adicionalmente se evalúa el acceso de la edificación, en definitiva, si es cómodamente transitable para personas con incapacidad o desplazamiento limitado.
En la Inspección Técnica se analiza el estado de los componentes siguientes de la construcción:
- Instalaciones: se revisa la situación y desempeño del equipamiento del edificio, entre otras cosas la corriente eléctrica, el agua, el gas y los sistemas de acondicionamiento del aire.
- Zonas comunes: se analiza la condición de mantenimiento de las zonas comunes de la construcción, como la entrada, el vestíbulo, las escaleras, los pasillos y los elevadores.
- El Acceso: se revisa la accesibilidad al edificio para personas con incapacidad o desplazamiento reducido, comprobando la presencia de rampas, ascensores, pasamanos y otros componentes necesarios.
- Revestimiento y Cubierta: se comprueba la condición de mantenimiento de la fachada y el tejado, también del recubrimiento, las repisas y las tuberías de agua pluvial.
- Estructura: se revisa la estabilidad y protección de la estructura de la edificación, incluido los elementos de carga, las cimentaciones, los forjados, las viguetas y los pilares.
En el caso de que se localice desperfectos en cualquiera de estos aspectos, se preparan fechas para su subsanación y se formula un documento con las intervenciones obligatorias para proporcionar la seguridad y conservación de la edificación.
¿Qué Edificios tienen Obligación de pasar la ITE?
Los Inmuebles en en El Viso están obligados a cumplir con la pertinente Revisión Técnica inmediatamente antes de los 45 años de antiguedad, la cual se halla incorporada en el mismo registro
Por otro lado, si es una vivienda que tiene más de 45 años, deberían volver a pasar la ITE cada 10 años y comprobar de forma minuciosa de que no se detectan problemas.
Existen varios edificios que, según la Normativa Municipal deben someterse a esa Evaluación cada cierta temporada, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar como Vivienda Plurifamiliar.
La Responsabilidad es para Edificios de más de 50 años, en tanto que la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Gobierno Local de la Ciudad la que posee la última palabra.
¿Qué ocurre si un Edificio no posee la ITE?
En el caso de que una vivienda tiene más de 50 años debe pasar la ITE de forma obligatoria, pero en determinados Ayuntamientos hay determinadas normativas que pueden variar los años de requerimiento.
Si deseas traspasar una vivienda y la misma necesita pasar la ITE entonces te van a exigir que remitas el Certificado ITE, pero si hay un acuerdo entre comprador y vendedor con supuestos justificados no se debería anular la compraventa.
En caso de no efectuar esta Inspección imperativa, puede suponer unas sanciones realmente graves que van a depender del Gobierno Municipal en cuestión, pero podrían llegar posiblemente hasta 6 mil Euros.