¿Qué es la ITE o la Inspección Técnica del Edificio?
La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Los Alcázares es una verificación obligatoria que se efectúa en Edificios con el objetivo de velar por la seguridad y la debida conservación de las construcciones e instalaciones.
¡Descubre todo respecto a este método fundamental leyendo este artículo! Te explicamos los beneficios, los componentes evaluables y cómo hacer una Evaluación adecuadamente, para que entiendas por qué la ITE es esencial.
La comprobación del inmueble se ejecuta por peritos expertos que observan eventuales carencias y establecerán la conveniencia de llevar a cabo ajustes
La inspección del edificio tiene como finalidad analizar riesgos relacionados a la seguridad de los edificios, la humedad en la edificación, la descomposición, aunque no contempla la identificación de la presencia de aluminosis.
¿Cuál es la diferencia entre IEE y ITE?
La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aun cuando, no son sinónimos. Pero voy a aclararte particularmente.
El propósito de la ITE es evaluar la condición del bien inmueble. Y la IEE analiza la accesibilidad así como la eficiencia en el uso de la energía.
Desde hace unos cuantos años, la evaluación de un edificio se ha modernizado, incluyendo la evaluación de la edificación en cuestión, junto con la accesibilidad para personas con discapacidad, junto con la eficiencia en el uso de la energía. Por tanto, actualmente se nombra como IEE para englobar todos estas procesos obligatorias.
¿Qué es un Certificado ITE?
El Certificado ITE es un Informe que confirma la condición del Edificio y su cumplimiento siguiendo los reglamentos de seguridad en la construcción, habitabilidad de la vivienda, y su entorno urbano.
Este informe debe presentarse en algunas ocasiones cuando un edificio posee cierto tiempo de antigüedad, y en ciertas regiones o zonas de España es de carácter obligatorio.
En algunas poblaciones de nuestro País el Certificado ITE se exige su presentación además cuando se pide la Licencia de Obra mayor o cuando se piden Ayudas o Subvenciones para la Restauración de la estructura.
Un Certificado ITE contiene detalles como la Inspección de la Consistencia de la Estructura, Sistemas de Seguridad contra Incendios, Infraestructura Eléctrica y de Saneamiento
Este Certificado desempeña el papel de Escrito de referencia para la futura Inspección y conservación de la Construcción.
¿Qué sucede si un propietario no quiere pasar la ITE?
En la amplia mayoría de las Comunidades hay quienes se niegan a aceptar los requerimientos impuestos, aún cuando sean establecidos de manera obligada.
El desconocimiento de lo que se ejecuta en una ITE e idear que podría ser un gasto elevado podría ser una de los argumentos por las que un vecino no esté conforme a realizar la ITE.
El Gobierno Municipal reclama a pasar la inspección por los años de la edificación, de modo que el propietario no debería oponerse ya que puede ser multado si lo hace.
Algunas veces un vecino no quiere ejecutar la Inspección porque su Apartamento no está en las circunstancias idóneas. El Perito, en este sentido, podría suscribir sin pasar a esa Residencia o desechar la materialización del Reporte Oficial.
¿Quién paga la ITE de un edificio?
La Inspección Técnica de un Edificio la paga el Dueño del Inmueble o la Comunidad de Propietarios, en el caso de que se trate de Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.
El Coste de una Revisión Técnica de Construcción puede variar desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según las particularidades de la Edificación o Residencia.
En el escenario de que no pretenda asumir la Tasa de la Inspección Técnica de Edificios, indispensable por el Gobierno Municipal, los propietarios que la hayan negado podrían ser objeto de una multa cuantificada en 600 euros.
¿Quién costea la ITE de un Edificio?
Esta ITE de un Edificio la paga el Propietario del Inmueble o la Asociación de Vecinos, en el supuesto de que sea Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.
El Precio de una ITE puede oscilar a partir de los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más con arreglo a la naturaleza de la Edificación o Vivienda.
En el caso de que no se pretenda pagar la Inspección Técnica de Edificios, requerido por el Ayuntamiento, se podría incurrir en una sanción de 600 Euros por vivienda a aquellos propietarios que la han rechazado.
¿Cómo puedo averiguar si un edificio ha hecho la ITE?
Para descubrir si su edificio ha realizado la Inspección Técnica, debes inspeccionar el expediente que se presenta posteriormente a la inspección. En dicho informe se informará si la edificación ha superado la evaluación y si se han identificado desperfectos.
Si no dispone del material informativo, puede ir a la entidad pública responsable, que es la responsable de desempeñar y conservar las ITE. Como hemos dicho anteriormente que es requerido hacer la evaluación de edificios y que su ámbito varía de unas localidades a otras.
De este modo:
La Reglamentación IEE en murcia precisa que la ITE tiene que ser realizado cada decenio para los edificios que acumulen más de 50 años de edad.
En Cataluña tiene que efectuarse cada década para construcciones de más de cuarenta y cinco años. En la Comunidad de murcia cada 10 años, para construcciones de más de treinta años, lo mismo que en murcia.
¿Qué se examina en la ITE?
A lo largo de la ITE se analizan muchos elementos de la construcción, en particular la estructura, las instalaciones, el exterior, la cubierta y las zonas comunes. Incluso se verifica la facilidad de acceso de la construcción, es decir, si es cómodamente transitable para ciudadanos con discapacidad o desplazamiento limitado.
Específicamente, en la ITE se revisa el estado de las siguientes zonas del edificio:
- Instalaciones: se comprueba el estado y comportamiento del equipamiento del edificio, entre otras cosas la electricidad, el agua, el gas y los dispositivos de climatización.
- Estructura: se evalúa la estabilidad y seguridad de la arquitectura del edificio, inclusive los elementos de carga, las cimentaciones, los forjados, las vigas y las columnas.
- Espacios Comunes: se revisa el estado de mantenimiento de las zonas comunes del edificio, como la entrada, el hall, las escaleras, los rellanos y los ascensores.
- Fachada y Cubierta: se evalúa la situación de preservación de la fachada y la cubierta, incluso del revestimiento, las juntas y las tuberías de agua pluvial.
- La Accesibilidad: se evalúa el acceso al edificio para personas con incapacidad o movimiento limitado, examinando la presencia de pasarelas, ascensores, pasamanos y otros componentes requeridos.
Si se localizan defectos en alguno de estos elementos, se precisan los tiempos de reparación y se formula un informe con las actuaciones obligatorias para facilitar la seguridad y mantenimiento inmueble.
¿Qué edificios están obligados a pasar la ITE?
Todos Inmuebles en en Los Alcázares están obligados a acatar la adecuada ITE inmediatamente antes de los 45 años de antigüedad, la cual se halla incorporada en el mismo registro
Además, si es una vivienda que tiene más de 45 años, sería conveniente volver a pasar la ITE cada 10 años y comprobar exhaustivamente de que no surjan problemas.
Hay algunas edificios que, según las Leyes Municipales tienen la obligación de someterse a esa Inspección cada cierta temporada, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar así como Vivienda Plurifamiliar.
La Responsabilidad es para Edificios de más de 50 años, dado que la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Ayuntamiento de la Ciudad la que tiene la última palabra.
¿Qué ocurre si un Edificio no posee la ITE?
Si una vivienda tiene más de 50 años debe pasar la ITE de forma obligatoria, pero en diversos Ayuntamientos hay determinadas normativas que pueden alterar los años de requerimiento.
Si deseas liquidar una vivienda y la misma tiene que pasar la ITE entonces te van a requerir que entregues el Certificado ITE, en cambio si hay un pacto entre comprador y vendedor con condiciones justificadas no se debería invalidar la compraventa.
En el supuesto de no realizar esta Inspección obligatoria, puede constituir unas multas muy considerables que van a depender del Gobierno Municipal en cuestión, pero podrían llegar incluso entre 5 y 6 mil Euros.