¿Qué es la Inspección Técnica del Edificio o ITE?
La ITE o Inspección Técnica de Edificios en La Puerta de Segura es un control indispensable que se realiza en Edificios con el propósito de proteger la seguridad y el adecuado cuidado de las edificaciones e instalaciones.
En este post, te explicamos por qué la ITE es importante, las ventajas, los elementos que hay que examinar y cómo efectuar una evaluación adecuadamente. ¡Continua leyendo para conocer todo respecto a este método esencial!
La evaluación técnica del edificio se realiza por profesionales cualificados que encuentran probables deficiencias y decidirán la conveniencia de realizar ajustes
La inspección del edificio persigue evaluar peligros vinculados con la seguridad de la propiedad, la humedad del ambiente, la corrosión, pero no abarca la identificación de problemas de aluminosis.
¿Qué diferencia hay entre una ITE y IEE?
La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque suene, no tienen la misma función. Sin embargo déjame aclararte específicamente.
El propósito principal de la ITE es evaluar el estado general de la vivienda. Y la IEE examina la adaptabilidad así como el ahorro energético.
Desde hace unos cuantos años, la inspección técnica de un edificio se ha modernizado, abarcando la inspección de la propiedad en sí misma, además de la adaptabilidad, así como la optimización energética. Por tanto, en la actualidad se le denomina como IEE para abarcar todas estas revisiones imprescindibles.
¿En qué Consiste el Certificado ITE?
El Certificado ITE es un Informe que acredita el estado del Edificio y su cumplimiento siguiendo las normas de seguridad en la construcción, condiciones de habitabilidad, y el entorno de la edificación.
Este documento tiene que ser presentado en algunos casos cuando un edificio cuenta con un cierto tiempo desde su construcción, y en algunas provincias o lugares de España es obligatorio.
En diversas ciudades de España el Certificado ITE debe presentarse aún cuando se solicita una Licencia de Obra mayor o mientras que se piden Ayudas o Subvenciones para la Rehabilitación de la construcción.
Ese Certificado ITE incluye detalles como la Comprobación de la Resistencia de la Construcción, Equipos de Prevención de Incendios, Instalación Eléctrica y de Saneamiento
El Certificado desempeña el papel de una prueba de orientación para la Inspección siguiente y conservación de la Construcción.
¿Qué ocurre si un vecino no quiere hacer la ITE?
En todos los edificios hay quienes se niegan a aceptar los requerimientos impuestos, pese a que sean establecidos de manera obligada.
El entendimiento limitado de cómo se realiza una Inspección Técnica de Edificio y sugerir que el precio será excesivamente alto, podría ser una razón para que un vecino no esté de acuerdo a dar el visto bueno a una ITE.
El Gobierno Municipal solicita a pasar la Inspección Técnica de Edificio por la Antigüedad del inmueble, por ese motivo el propietario no debería oponerse ya que puede ser sancionado en caso afirmativo.
En muchos casos, un vecino no quiere aprobar la Inspección puesto a que su Vivienda no reúne los requisitos adecuados. En este caso, el Técnico podría desechar la inspección sin entrar al Inmueble o rehusar a materializar el Informe.
¿Quién paga la ITE de un edificio?
Esta Inspección Técnica del Edificio la abona el Dueño del Edificio o la Asociación de Vecinos, en el caso de que se trate de Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.
El Precio de una ITE puede oscilar desde los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más con arreglo a la naturaleza de la Construcción o Piso.
En el escenario de que no intente asumir la Tasa de la ITE, exigida por el Gobierno Municipal, los vecinos que la hayan negado podrían ser objeto de una sanción cuantificada en 600 euros.
¿Quién costea la ITE de un Edificio?
La Inspección Técnica de un Edificio la abona el Titular del Inmueble o la Comunidad de Propietarios, en la medida en que se trate de Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.
El Importe de una ITE puede oscilar desde los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más en función de las características de la Edificación o Piso.
En el supuesto de que no se quiera abonar la Inspección Técnica de Edificios, indispensable por el Ayuntamiento, se podría perpetrar una sanción de 600 Euros por vivienda a aquellos propietarios que la han rechazado.
¿Cómo puedo saber si un edificio ha pasado la ITE?
Para enterarse si el edificio ha culminado una ITE, debes evaluar los resultados confirmados que se ofrecen luego de la inspección. Esta declaración apuntará si la construcción ha superado la revisión y si se han observado irregularidades.
Si no cuenta con el material informativo, puede acudir a la entidad pública responsable, que es la que se encarga de completar y archivar las ITE. Como acabamos de decir que es obligado ejecutar la revisión técnica de edificios y que su cobertura varía de unas ciudades a otras.
Por ejemplo:
La Ley IEE en jaen determina que la Inspección Técnica de Edificios (ITE) tiene que ser realizado cada década para las edificaciones que tengan más de 50 años de antigüedad.
En Catalunya debe efectuarse cada decenio para edificios de más de 45 años. En jaen cada decenio, para edificaciones superior a treinta años, tal como en jaen.
¿Qué se comprueba en la ITE?
Durante la Inspección Técnica de Edificio se revisan diversos elementos de la construcción, en particular la estructura, las instalaciones, la fachada, la cubierta y las zonas comunes. Asimismo se revisa la facilidad de acceso del edificio, en pocas palabras, si es fácilmente transitable para personas con incapacidad o movilidad reducida.
En la Inspección Técnica de Edificio se evalúa la situación de las partes siguientes del edificio:
- Infraestructuras: se revisa el estado y desempeño de las instalaciones de la construcción, así como la electricidad, el agua, el gas y los mecanismos de calefacción.
- Estructura: se comprueba la estabilización y seguridad de la estructura del edificio, incluido los elementos de carga, los cimientos, los forjados, las viguetas y las columnas.
- Espacios Comunes: se evalúa la situación de preservación de las zonas comunes de la construcción, como el portal, el vestíbulo, las escaleras, los pasillos y los elevadores.
- Revestimiento y Cubierta: se analiza el estado de preservación de la fachada y la cubierta, asimismo del recubrimiento, las juntas y las cañerías de agua pluvial.
- El Acceso: se evalúa la accesibilidad a la edificación para ciudadanos con imposibilidad o desplazamiento reducido, evaluando la disponibilidad de rampas, elevadores, barandillas y otros elementos necesarios.
En el supuesto de que se identifique defectos en alguno de esos puntos, se establecen plazos de tiempo para su rehabilitación y se aporta un documento con las ejecuciones decisivas para proporcionar la seguridad y manutención del edificio.
¿Qué Edificios tienen Obligación de pasar la ITE?
Todos Inmuebles en en La Puerta de Segura están requeridos a acatar la correspondiente Inspección Técnica antes de los 45 años de antiguedad, la cual se encuentra detallada en el propio catastro
Además, si es una vivienda con más de 45 años, sería recomendable volver a pasar la ITE cada 10 años y comprobar a fondo de que no se detectan problemas.
Hay unos cuantos edificios que, según la Normativa Municipal deben pasar la Evaluación cada lapso de tiempo, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar como Vivienda Plurifamiliar.
El Deber es para Edificios de más de 50 años, pues la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Gobierno Local de la Comarca la que posee la última palabra.
¿Qué ocurre si un Edificio no posee la ITE?
Cuando una vivienda tiene más de 50 años debe pasar la ITE de forma obligatoria, pero en diversos Ayuntamientos hay ciertas normativas que pueden diferir los años de requerimiento.
Si pretendes liquidar la vivienda y la misma necesita pasar la ITE entonces te van a exigir que proporciones el Certificado ITE, ahora bien si hay un trato entre comprador y vendedor con supuestos justificados no se debería derogar la compraventa.
En caso de no proceder a la Inspección obligatoria, puede suponer unas multas muy elevadas que van a supeditarse del Ayuntamiento en cuestión, pero podrían llegar inclusive entre 5000 y 6000 Euros.