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inspeccion tecnica de edificios Santa Elena

Artículo Actualizado a: junio 2024

¿Qué es la ITE o la Inspección Técnica del Edificio?

La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Santa Elena es una auditoría necesaria que se realiza en Edificios con el propósito de garantizar la seguridad y el mantenimiento adecuado de las construcciones e instalaciones.

En este artículo, te especificamos por qué la Inspección Técnica es primordial, las ventajas, los componentes que hay que examinar y cómo realizar una evaluación adecuadamente. ¡Continua leyendo para conocer todo respecto a este método fundamental!

La valoración de la propiedad se efectúa por profesionales del ramo que observan posibles problemas y decidirán la conveniencia de realizar soluciones

La inspección del edificio tiene como propósito analizar riesgos potenciales vinculados a la seguridad de la propiedad, la humedad en las construcciones, la descomposición, pero no contempla la identificación de la existencia de aluminosis.

¿Qué diferencia hay entre una IEE y ITE?

La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque se pueda pensar, no tienen la misma función. Pero déjame precisarte específicamente.

El propósito principal de la ITE es evaluar el estado general del inmueble. Y la IEE evalúa la accesibilidad así como el consumo energético.

Desde hace algunos años, la inspección técnica de un edificio se ha vuelto más completa, contemplando la evaluación de la propiedad en sí misma, además de la accesibilidad para personas con discapacidad, así como el ahorro energético. De esta manera, en la actualidad se nombra bajo el nombre de IEE para incluir todas estas mismas revisiones requeridas.

¿En qué Consiste el Certificado ITE?

El Certificado ITE es un Escrito Oficial que comprueba el estado de la construcción y su cumplimiento con las regulaciones de seguridad en la construcción, condiciones de habitabilidad, y el medio ambiente urbano.

Este informe es necesario presentarse en ciertas circunstancias cuando un edificio cuenta con un cierto tiempo desde su construcción, y en algunas provincias o lugares de España es de carácter obligatorio.

En varias localidades de nuestro País dicho Certificado ITE debe presentarse incluso cuando se pide una Licencia de Obra mayor o cuando se tramitan Ayudas o Subvenciones para la Restauración de la construcción.

Este Certificado ITE tiene descripción minuciosa de la Inspección de la Consistencia de la Estructura, Sistemas de Extinción de Incendios, Dispositivos Eléctricos y Sanitaria

Este Certificado funciona como un Registro de referencia para la futura Inspección y cuidado del Inmueble.

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¿Qué sucede si un propietario no quiere pasar la ITE?

En todas las comunidades reiteradamente hay vecinos que no están conformes con las cuestiones que se deben deben, por más que sean obligadas.

El desconocimiento total de cómo se realiza una Inspección Técnica de Edificio y pensar que el precio será sustancial, podría ser una razón para que un vecino no esté de acuerdo a aprobar una inspección técnica de edificios.

El Gobierno Municipal demanda a pasar la inspección debido a la Antigüedad del inmueble, en consecuencia el propietario no debería oponerse ya que puede ser multado si lo hace.

Ocasionalmente un vecino no desea pasar la Inspección porque su Apartamento no está en las circunstancias perfectas. El Ingeniero, dadas las circunstancias, podría formalizar el proceso sin pasar a ese Domicilio o declinar la materialización del Informe.

¿Quién costea la ITE de un Edificio?

Esta Inspección Técnica de un Edificio la abona el Titular del Edificio o la Comunidad de Propietarios, en el caso de que se trate de Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.

La Tasa de una Revisión Técnica de Construcción puede diferir desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según las características de la Edificación o Residencia.

En el supuesto de que no desee asumir la Tasa de la ITE, imprescindible por el Ayuntamiento, los vecinos que la hayan negado podrían ser objeto de una penalización valorada en 600 euros.

¿Quién paga la ITE de un edificio?

Esta Inspección Técnica del Edificio la paga el Titular del Inmueble o la Asociación de Vecinos, en el caso de que se trate de Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.

El Precio de una Inspección Técnica de Edificios puede oscilar desde los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más con arreglo a la condición de la Construcción o Piso.

En el escenario de que no pretenda asumir el Precio de la ITE, imprescindible por el Ayuntamiento, los vecinos que la hayan rechazado podrían ser objeto de una multa cuantificada en 600 euros.

¿Cómo puedo saber si un edificio ha hecho la ITE?

Para enterarse si su edificio ha culminado una ITE, tienes que evaluar el expediente el cual se facilita al cabo de la auditoría. En dicha documentación se indicará si la construcción ha pasado la revisión y si se han detectado desperfectos.

Si no posee acceso al expediente, puede hablar con el organismo público pertinente, puesto que es la encargada de la puesta en práctica y consignación de las ITE. Como hemos mencionado antes, es apremiante la realización de la Inspección y que oscila de unas ciudades a otras.

Por ejemplo:

La Norma IEE en jaen determina que el Informe de Evaluación de Edificios (IEE) debe ser desempeñado cada década para las construcciones que acumulen más de 50 años de edad.

En Catalunya tiene que ejecutarse cada década para edificios de más de 45 años. En jaen cada diez años, para edificaciones superior a treinta años, así como en jaen.

¿Qué se inspecciona en la ITE?

A lo largo de la Inspección Técnica de Edificio se revisan muchos aspectos de la edificación, tal como la estructura, las instalaciones, el exterior, la cubierta y las zonas comunes. Además se analiza la facilidad de acceso de la construcción, así pues, si es cómodamente transitable para ciudadanos con minusvalía o movilidad reducida.

En la Inspección Técnica se analiza el estado de los elementos siguientes del edificio:

  • La facilidad de Acceso: se evalúa el acceso a la construcción para personas con discapacidad o movimiento limitado, verificando la existencia de rampas, elevadores, barandillas y otros elementos requeridos.
  • Revestimiento y Cubierta: se revisa el estado de mantenimiento del exterior y el tejado, además del revestimiento, las juntas y las tuberías de agua de lluvia.
  • Instalaciones: se analiza la situación y desempeño de las instalaciones del edificio, así como la electrificación, el agua, el gas y los mecanismos de calefacción.
  • Arquitectura: se comprueba la estabilización y protección de la estructura de la edificación, inclusive los elementos de carga, los cimientos, los forjados, las viguetas y los pilares.
  • Espacios Comunes: se analiza la condición de conservación de las zonas comunes de la construcción, como la entrada, el vestíbulo, las escaleras, los rellanos y los elevadores.

En caso de que se descubra defectos en cualquiera de estos aspectos, se elaboran plazos de tiempo para su reparación y se aporta un documento con las actuaciones requeridas para proteger la seguridad y conservación del edificio.

¿Qué edificios están obligados a pasar la ITE?

Cada uno de los Edificios en en Santa Elena se encuentran requeridos a pasar la correspondiente Inspección Técnica inmediatamente antes de los 45 años de edad, la cual está reflejada en el mismo registro

Además, si es una vivienda que tiene más de 45 años, deberían volver a pasar la Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar exhaustivamente de que no se detectan problemas.

Existen unos cuantos Edificios que, según la Normativa Municipal, tienen la obligación de someterse a la Evaluación cada cierta temporada, ya sea si se trata de una Vivienda Unifamiliar como Vivienda Plurifamiliar.

El Deber es para Edificios de más de 50 años, ya que la Normativa Estatal así lo exige, pero es la Administración Local de la Localidad la que tiene la última palabra.

¿Qué pasa si un Edificio no tiene ITE?

En el caso de que una vivienda tiene más de 50 años tiene que pasar la ITE de forma requerida, pero en algunos Ayuntamientos hay varias normativas que pueden modificar los años de obligatoriedad.

Si necesitas liquidar la vivienda y la misma tiene que iniciar la ITE entonces te van a obligar que muestres el Certificado ITE, sin embargo si hay un acuerdo entre comprador y vendedor con acontecimientos justificados no se debería derogar la compraventa.

En el supuesto de no realizar la Inspección obligatoria, puede involucrar unas penalizaciones realmente elevadas que van a depender del Ayuntamiento en cuestión, pero podrían llegar particularmente hasta los 6000 euros.