¿Qué es la Inspección Técnica del Edificio o ITE?
La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Villapalacios es una verificación obligatoria que se realiza en Edificios con la finalidad de garantizar la protección y el adecuado cuidado de las propiedades e instalaciones.
En este post, te describimos por qué la ITE es importante, los beneficios, las partes que hay que valorar y cómo hacer una inspección adecuadamente. ¡Sigue leyendo para descubrir todo sobre esta práctica fundamental!
La supervisión de la edificación se realiza por personal competente que observan posibles problemas y evaluarán la conveniencia de realizar mejoras
El análisis de la propiedad persigue inspeccionar riesgos potenciales ligados con la seguridad de la propiedad, la humedad en el edificio, la corrosión, pero no contempla la identificación de problemas de aluminosis.
¿Cuál es la diferencia entre IEE y ITE?
La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, a pesar de que, no es lo mismo. Pero déjame aclararte concretamente.
El fin de la ITE es evaluar la situación de la construcción. Y la IEE inspecciona la accesibilidad para personas con discapacidad y la eficiencia energética.
En los últimos años, la supervisión técnica de un inmueble se ha optimizado, incluyendo la evaluación del edificio en sí mismo, así como la accesibilidad, así como el rendimiento energético. Por eso, en la actualidad se nombra con el nombre de IEE para abarcar todos estas revisiones necesarias.
¿En qué Consiste el Certificado ITE?
El Certificado ITE es un Documento que valida la situación de la edificación y su cumplimiento de acuerdo con las normas de seguridad, condiciones de habitabilidad, y su entorno.
Este Certificado debe ser presentado en algunas ocasiones cuando un inmueble tiene cierto tiempo de antigüedad, y en ciertos lugares o zonas de España es exigido por ley.
En algunas poblaciones de España dicho Certificado ITE se exige su presentación además mientras que se solicita una Licencia de Obra mayor o cuando se tramitan Ayudas o Subvenciones para la Renovación del edificio.
Ese Certificado ITE posee especificaciones de la Evaluación de la Resistencia de la Construcción, Sistemas de Prevención de Incendios, Red Eléctrica y Sanitaria
El Certificado actúa como un Expediente de orientación para la Evaluación futura y conservación de la Estructura.
¿Qué sucede si un vecino no quiere hacer la ITE?
En todas las comunidades normalmente hay vecinos que no están conformes con los asuntos que se tienen que ejecutar, pese a que sean obligadas.
El desconocimiento de lo que se efectúa en una ITE e idear que podría ser un desembolso elevado podría ser una de las causas por las que un vecino se niegue a realizar la Inspección Técnica de Edificios.
El Ayuntamiento insta a pasar la inspección debido a la Antigüedad de la edificación, por esta razón el vecino no debería rechazarla ya que puede ser penalizado si lo hace.
Muchas veces un propietario no desea ejercer la ITE porque su Piso no está en las circunstancias correctas. El Ingeniero, en esta situación, podría firmar sin visitar esa Residencia o desechar la ejecución del Documento Escrito.
¿Quién costea la ITE de un Edificio?
La Inspección Técnica del Edificio la abona el Titular del Inmueble o la Comunidad de Propietarios, en el caso de que sea Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.
La Tasa de una Revisión Técnica de Construcción puede oscilar desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según la Condición de la Edificación o Residencia.
En el caso de que no se pretenda pagar la Inspección Técnica de Edificios, indispensable por el Ayuntamiento, se podría incurrir en una sanción de 600 Euros por Inmueble a aquellos vecinos que se han negado.
¿Quién costea la ITE de un Edificio?
Esta Inspección Técnica del Edificio la abona el Propietario del Edificio o la Asociación de Vecinos, en el caso de que sea Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.
La Tasa de una Revisión Técnica de Construcción puede diferir desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según las características de la Edificación o Residencia.
En el escenario de que no se quiera reembolsar la ITE, obligatoria por el Ayuntamiento, se podría cometer una penalización de 600 Euros por Inmueble a aquellos vecinos que la han rechazado.
¿Cómo puedo saber si un edificio ha hecho la ITE?
Para conocer si su edificio ha ejecutado una Inspección Técnica de Edificio, debes analizar el expediente que se presenta posteriormente a la supervisión. En dicha documentación se especificará si la construcción ha superado la verificación y si se han detectado deficiencias.
Si no dispone de acceso al expediente, puede acudir con la administración estatal pertinente, puesto que es la responsable de la ejecución y anotación de las ITE. Como acabamos de decir, es apremiante la puesta en práctica de la Inspección y que difiere de unas zonas a otras.
En concreto:
La Normativa IEE en Asturias define que la Inspección Técnica de Edificios (ITE) debe ser desarrollado cada decenio para las construcciones que acumulen más de 50 años de edad.
En Catalunya, la revisión debe ejecutarse cada decenio para construcciones con una antigüedad de más de 45 años. Al mismo tiempo que en albacete y albacete, se requiere una evaluación cada decenio para las construcciones que superen los 30 años.
¿Qué se examina en la ITE?
Durante la ITE se comprueban varios componentes de la construcción, entre ellos la arquitectura, las instalaciones, la fachada, la cubierta y los espacios comunes. Adicionalmente se examina el acceso de la construcción, por lo tanto, si es cómodamente transitable para personas con minusvalía o desplazamiento reducido.
En la ITE se comprueba la condición de las partes siguientes del edificio:
- Instalaciones: se evalúa la situación y funcionamiento de las instalaciones de la construcción, entre otras cosas la electrificación, el agua, el gas y los dispositivos de calefacción.
- Arquitectura: se revisa la estabilización y seguridad de la estructura de la construcción, incluyendo los componentes de carga, las cimentaciones, los forjados, las vigas y las columnas.
- Fachada y Cubierta: se evalúa la condición de conservación de la fachada y la cubierta, asimismo del recubrimiento, las repisas y las cañerías de agua pluvial.
- Zonas comunes: se analiza la situación de conservación de las zonas comunes del edificio, como la entrada, el hall, las escaleras, los rellanos y los elevadores.
- La facilidad de Acceso: se comprueba la facilidad de acceso a la edificación para usuarios con imposibilidad o desplazamiento limitado, verificando la existencia de rampas, elevadores, pasamanos y otros elementos fundamentales.
Si se encuentran carencias en determinados de estos elementos, se establecen los tiempos de subsanación y se formula un escrito con las actuaciones indispensables para proporcionar la seguridad y manutención inmueble.
¿Qué edificios están obligados a pasar la ITE?
Los Edificios en en Villapalacios se encuentran requeridos a completar la pertinente Inspección Técnica inmediatamente antes de los 45 años de antiguedad, la cual se encuentra detallada en el propio registro
Por otro lado, si es una vivienda que tiene más de 45 años, habría que volver a pasar la ITE cada 10 años y comprobar de forma minuciosa de que no haya problemas.
Existen varios Edificios que, según la Normativa Municipal, deben realizar esa Inspección cada cierto tiempo, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar así como Vivienda Plurifamiliar.
La Exigencia es para Edificios de más de 50 años, puesto que la Normativa Estatal así lo exige, pero es la Administración Local de la Localidad la que tiene la última palabra.
¿Qué pasa si un Edificio no tiene ITE?
Si una vivienda tiene más de 50 años tiene que pasar la ITE de forma inevitable, pero en algunos Ayuntamientos hay determinadas normativas que pueden aumentar los años de requerimiento.
Si pretendes traspasar la vivienda y la misma le hace falta pasar la ITE entonces te van a obligar que aportes el Certificado ITE, pero si existe un consenso entre comprador y vendedor con acontecimientos justificados no se debería derogar la compraventa.
En el supuesto de no efectuar la Inspección requerida, puede involucrar unas penalizaciones muy sustanciales que van a estar sujetas del Ayuntamiento en cuestión, pero podrían llegar incluso entre 5 y 6 mil Euros.